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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (03/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 3 de setiembre de 2024 El Peruano / ENERGÍA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2024- MINEM/DM Lima, 29 de agosto de 2024 VISTOS: El Informe N° 0933-2024-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe N° 013-2024/MINEM-OGPP-OPRE de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 246-2024/MINEM-OGA- OFIN de la Ofi cina Financiera de la Ofi cina General de Administración; el Informe N° 845-2024-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 518-2023-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 746 487 710,00 (Setecientos cuarenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos diez y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, el acápite ii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, para realizar actividades de sensibilización y capacitación a los mineros en proceso de formalización, para la evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental de Formalización, así como para la revisión del cumplimiento de los requisitos en el Expediente Técnico en el que se solicita la autorización de inicio/reinicio de las actividades mineras, hasta por la suma de S/ 14 000 000,00 (Catorce millones y 00/100 Soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, para el caso de los acápites i) y ii); asimismo, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario ofi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, dispone que la entidad pública que transfi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales transfi rieron los recursos. Asimismo, los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31953, el MINEM y el Gobierno Regional de Madre de Dios (en adelante, GORE Madre de Dios), con fecha 15 de febrero de 2024, suscribieron el Convenio N° 004-2024-MINEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral cuyo objeto es fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al mencionado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE Madre de Dios, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral, en el marco de la implementación de la Política Nacional Multisectorial de la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030; Que, los numerales 5.3 y 5.4 de la Cláusula Quinta del Convenio, prevé que, el Director Regional de Energía y Minas o unidad de organización que haga sus veces es responsable de la ejecución, coordinación y monitoreo del cumplimiento del Convenio establecido con el GORE Madre de Dios; asimismo, la Dirección General de Formalización Minera designará a un profesional, quien será responsable del seguimiento y monitoreo de la ejecución del Convenio realizado por el GORE Madre de Dios; Que, mediante la Cláusula Octava del citado Convenio de Cooperación, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a favor del GORE Madre de Dios, por el monto de S/ 365 617,00 (Trecientos sesenta y cinco mil seiscientos diecisiete con 00/100 soles), a fi n de que cubra los gastos requeridos en el Plan de Trabajo Anual de Formalización Minera 2024 del citado GORE, y cuyo uso se encuentre justifi cado para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, según el detalle establecido en el convenio; Que, a través del Informe N° 0933-2024-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, precisa que el GORE Madre de Dios, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas presentó el citado plan de trabajo, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios y equipamiento informático (necesario para mantener actualizada la información del Sistema de Ventanilla Única) relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral que se vienen desarrollando durante el primer trimestre del año 2024, asimismo, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el año 2023; Que, mediante Informe Nº 013-2024/MINEM-OGPP- OPRE, la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar la transferencia fi nanciera a favor del GORE Madre de Dios, conforme a lo señalado en el acápite ii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, asimismo, cabe indicar que la Ofi cina de Presupuesto, con fecha 09 de enero de 2024, aprobó la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 2024-00001-001 (SIAF Nº 0000000001) con cargo a la Meta N° 0010, por el monto de hasta S/7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil con 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la Ofi cina Financiera de la Ofi cina General de Administración, mediante el Informe N° 246-2024/MINEM-OGA-OFIN, concluye que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del GORE Madre de Dios, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 845-2024-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del GORE Madre de Dios; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31953, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma S/ 365 617,00 (Trecientos sesenta y cinco mil seiscientos diecisiete con 00/100 soles), a favor del GORE Madre de Dios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal