Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Jueves 26 de setiembre de 2024 El Peruano / de la presente Ordenanza y que se haya incorporado al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA VIGENTE) de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. El incumplimiento de la presente disposición, se sancionará conforme al CISA vigente de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. Sexta. - Disponer la incorporación inmediata al “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto”, del procedimiento de obtención de “LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON GIRO ESPECIAL”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y DEROGATORIA Única. - Deróguese la segunda disposición transitoria, modi fi catoria, complementaria y derogatoria de la Ordenanza Municipal Nº 016-2010-MPMN, Ordenanza que regula el procedimiento para el otorgamiento de “Licencia de Funcionamiento” en la Jurisdicción del Distrito Capital de Moquegua. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.JOHN LARRY COAYLA Alcalde 2319874-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA Aprueban delegación de atribuciones al Gerente Municipal en materia de gestión administrativa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 090-2023-MDP Paucarpata, 15 de marzo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCAR PATA CONSIDERANDO: Que, conforme lo prevé el artículo 194° de la Constitución Política del Perú de 1993, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que, según lo denotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6° de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades señala que la alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, el alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa., del mismo modo se debe tener en consideración lo establecido en el artículo 43º del mencionado cuerpo normativo que indica: Las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo y fi nalmente lo indica en el numeral 20 del artículo 20°, que establece que son atribuciones de la Alcaldía la de “Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal”; Que, el numeral 7.2 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que: “El titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado”; asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47 de la citada norma, establece que “Las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano”; Que, en aplicación de lo dispuesto por el numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General que re fi ere que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o interés de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto hecho justi fi cativo para su adopción; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, así como los artículos 6° y 43° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR con fecha anticipada al 5 de enero de 2023 la delegación de las siguientes atribuciones al GERENTE MUNICIPAL: En Materia de Gestión Administrativa- Aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General, la Publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” al amparo de lo establecido en el numeral 7.2 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1440. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal el cumplimiento de los dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía y la comunicación pertinente a las demás unidades orgánicas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de Paucarpata (www.munipaucarpata.gob.pe). Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ANCO HUARACHI Alcalde 2326888-1 MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 172-MDMP, denominada “Ordenanza que otorga beneficios tributarios en el Distrito de Mi Perú” DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2024- MDMP Mi Perú, 6 de setiembre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERU VISTO:El Memorando Nº 997-2024-MDMP/GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 288-2024-MDMP/ OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 985-2024-MDMP/GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 038-2024-MDMP-GAT, de la