NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)
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95 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / MTC/11.01, N° 0513-2024-MTC/11.01 y N° 0561-2024- MTC/11.01, respectivamente, elaborados por su O fi cina de Administración de Recursos Humanos, a través de los cuales propone y sustenta la aprobación del PAP de la Unidad Ejecutora 001 - 1072: Administración General del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2024, que comprende ochocientos cincuenta y siete (857) plazas previstas en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y habilitadas en el AIRHSP, con un costo que asciende a la suma de S/ 35 490 804,38 (Treinta y Cinco Millones Cuatrocientos Noventa Mil Ochocientos Cuatro y 38/100 Soles); Que, con el Memorando Nº 0380-2024-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0071-2024-MTC/09.03 de su O fi cina de Presupuesto, con el cual concluye que el PAP de la Unidad Ejecutora 001-1072: Administración General del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2024, propuesto por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos cuenta con la opinión favorable de la DGGFRH del MEF; asimismo, precisa que dicho documento se encuentra dentro del marco presupuestal aprobado para la Genérica de Gasto 2.1 “Personal y Obligaciones Sociales”, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, el literal d) del numeral 4.8 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 1787-2023-MTC/01, que delega facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, delega al/la Secretario/a General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en materia de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de aprobar el PAP, en la oportunidad que corresponda, de las Unidades Ejecutoras del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a solicitud de estas y de conformidad con la normativa para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del PAP en las entidades del sector público, que emita la autoridad competente; Que, atendiendo a los fundamentos expuestos, resulta necesario aprobar el Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora 001 - 1072: Administración General del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2024; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público; Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Resolución Directoral N° 0003-2024-EF/53.01, que aprueba la Directiva N° 002-2024-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Unidad Ejecutora 001-1072: Administración General del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2024, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Secretarial y sus Anexos a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc). Regístrese y publíquese. CLAUDIA CENTURION LINO Secretaria General 2329308-1ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Aprueban modificación de treinta y siete (37) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000169-2024- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 26 de septiembre del 2024VISTOS:El Informe N° 000109-2024-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 15 de junio de 2024, el Informe N°000120-2024- PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 28 de junio de 2024 y el Informe N°000171-2024-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 4 de setiembre de 2024, emitidos por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000297- 2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 23 de setiembre de 2024, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que, el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias (en adelante, el “Reglamento”), referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, el numeral 8.3.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 009-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones que regulan la gestión del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC ”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000178-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, la “Directiva”), establece que, la Dirección de Estandarización y Sistematización mediante informe recomienda a la Jefatura de PERÚ COMPRAS, la modi fi cación de la Ficha Técnica, en atención a los siguientes supuestos: a) la variación de la información consignada en la Ficha