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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (02/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de abril de 2025 El Peruano / Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobada por D.S. N° 011-2014-IN, para adecuarlo a las disposiciones de Decreto Legislativo N° 1618, establece en el Artículo 28, que son funciones del CODISEC, las siguientes: Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado a la política nacional en materia de seguridad ciudadana, elaborado bajo y articulado con los instrumentos de planeamiento estratégico del SINAPLAN; Que, el Decreto Supremo N° 001-2025-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley N° 27933. Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobada por D.S. N° 011-2014-IN, para adecuarlo a las disposiciones de Decreto Legislativo N° 1618, establece en el Artículo 30, que el CODISEC, cuenta con una Secretaria Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité la cual cuenta con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana y tiene dentro de sus funciones el presentar ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado a la política nacional en materia de seguridad ciudadana y sus enfoques transversales y articulado con los instrumentos de planeamiento estratégico del SINAPLAN, tales como el Plan de Desarrollo Concertado, entre otros. Que, el artículo 46 del precitado Reglamento modi fi cado, establece que: “Los Planes de Acción de Seguridad Ciudadana, son los instrumentos de gestión que orientan el que hacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos Regional, Provincial y Distrital, tomando en consideración los objetivos prioritarios, lineamientos y enfoques transversales de la política nacional en materia de seguridad ciudadana, y que estos planes se actualizan de acuerdo a los criterios establecidos por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior; Que, el artículo 47 del mismo Reglamento modi fi cado, establece que, en cuanto a la formulación y aprobación de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de seguridad ciudadana, las Secretarias Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Distritales, a través del dispositivo legal que corresponda; Que, la Directiva N° 06-2023-IN-DGSC “Lineamientos Técnicos para la Formulación, Aprobación, Implementación y Actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 786-2023- IN, establece que los Planes de Acción de Seguridad Ciudadana son instrumentos técnicos que orientan la gestión de la seguridad ciudadana a nivel regional, provincial y distrital, tomando en consideración los objetivos prioritarios, lineamientos y enfoques de las políticas en materia de seguridad ciudadana establecidos por el sector interior. Asimismo, establece que los Planes de Acción de Seguridad Ciudadana tienen un periodo de vigencia de implementación de cuatro (04) años y se formulan un (01) año antes de su implementación. No obstante, estos pueden ser actualizados anualmente siempre y cuando se cumpla con uno o más criterios establecidos en el Anexo IX del Directiva; Que, asimismo el inciso 7.3.2 de la mencionada Directiva, señala que corresponderá al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprobar la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana mediante Ordenanza, luego que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, haya validado la misma; Que, la Resolución Ministerial N° 0970-2024-IN, modi fi can los apartados Responsabilidades, Disposiciones Generales y Disposiciones Especí fi cas, de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, denominada “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, donde dispone que, La Secretaria Técnica del COPROSEC emite opinión técnica a las propuestas de Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana en el proceso de actualización y recomienda la necesidad de validar o aprobar los planes;Que, con Ordenanza N° 343-MDL de fecha 22 de diciembre de 2023, se aprobó el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho 2024-2027; Que, con el O fi cio N° 0023-2025-MDL/ALC la Secretaria Técnica del CODISEC del distrito de Lurigancho remitió la propuesta de actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho Chosica 2024-2027 a la CORESEC Lima Metropolitana; Que, con el O fi cio N° D000326-2025-MML-GSGC la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima emite opinión favorable sobre el proyecto de actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho Chosica y recomienda su aprobación mediante Ordenanza Municipal, opinión contenida en el Informe N° 004-2025-MML- GSGC-STCSC-PQA; Que, con el Informe Nº 011-2025-MDL/CODISEC/ GSC/ST de la Secretaria Técnica del CODISEC, en calidad de Secretario Técnico del CODISEC del distrito de Lurigancho, solicita la actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Lurigancho Chosica 2024 -2027, el cual debe ser aprobado mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante informe N° 090-2025-MDL/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica indica que en el presente caso se trata de la Actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Lurigancho Chosica 2024 – 2027, sustentando la necesidad de la actualización y encontrándose conforme a los criterios de actualización que señala la Directiva N° 006-2023-IN y su modi fi catoria, emite opinión legal favorable respecto a la actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Lurigancho Chosica 2024 – 2027, el mismo que ha sido validado por el CODISEC, por lo que solicita su aprobación por el concejo municipal mediante Ordenanza Municipal de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en cumplimiento a las recomendaciones de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° 000089-2025-MDL/OGPP-OPME documento con el cual la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado concluye que la actualización del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho Chosica 2024-2027 se encuentra alineado al Objetivo Estratégico Institucional (OEI) 06: “Reducir la inseguridad ciudadana en el distrito” y la Acción Estratégica Institucional (AEI) 06:03: “Plan local de seguridad ciudadana implementado en el distrito”. Asimismo, señala que se encuentra alineado a la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030, por lo que emite opinión favorable para su aprobación en el Concejo Municipal; Que, con el Memorándum N° 000782-2025-MDL/GM la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta los informes antes mencionados, remite los actuados a la O fi cina General de Secretaria General para ser puesto en consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Que, con el Dictamen N° D00001-2025-COSCTTyF/ MDL-CM, la Comisión Ordinaria de Seguridad Ciudadana, Transporte, Tránsito y Fiscalización recomienda al Concejo Municipal aprobar la propuesta de actualización del del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho Chosica 2024-2027; Estando a lo expuesto en el numeral 8) del artículo 9 y primer párrafo del artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto por unanimidad de los miembros asistentes del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA 2024 - 2027 Artículo Primero.- APROBAR la actualización del “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Lurigancho Chosica 2024 – 2027”, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC)