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88 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de abril de 2025 El Peruano / los residentes de El Agustino, y a través del informe ampliatorio aclara el número de informe válido en relación a la duplicidad existente; Que, mediante el Informe N° 378-2024-GDHS-MDEA, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social concluye que resulta viable y de suma necesidad establecer un programa municipal que permita impulsar el desarrollo social de nuestra comunidad a través de la colaboración comunal y/o privada; cubriendo necesidades de infraestructura que permita realizar nuestras actividades y el acercamiento de la administración municipal con la comunidad; Que, mediante el Informe N° 018-2024-OFPM- OGPP/MDEA, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Modernización señala que es necesaria la creación de un “Programa Municipal” y, en relación al Objetivo Institucional N° 06, del Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de El Agustino, el Programa propuesto cumple con la atención de las necesidades del distrito; Que, mediante el Informe N° 173-2024-OGPP/MDEA, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para la creación del Programa Municipal Ciudad El Agustino”; Que, mediante el Informe N° 312-2024-OGAD-MDEA, la O fi cina General de Administración emite opinión favorable a la creación de un programa municipal que permita atender las necesidades y el desarrollo a favor del distrito; Que, mediante el Informe N° 0285-2024-GATR- MDEA, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas considera conveniente implementar un programa que pueda generar acciones de acercamiento con la población; Que, mediante el Informe N° 0465-2024-OGAJ- MDEA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil emite opinión favorable a la propuesta de creación del Programa Municipal Ciudad El Agustino; Que, mediante Memorándums N° 2002 y N° 2039-2024-GEMU-MDEA, la Gerencia Municipal, en atención a los documentos de la referencia, la opinión técnica de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, lo opinado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, remite al despacho de la O fi cina General de Secretaría lo relacionado al proyecto de Ordenanza que crea el Programa Municipal Ciudad El Agustino, para su aprobación del concejo municipal; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de agosto, el Concejo Municipal acordó derivar la documentación de sustento del Programa Municipal Ciudad El Agustino, a la Comisión de Asuntos Legales y a la Comisión de Desarrollo Humano para su estudio y dictamen; Que, los Dictámenes N° 004-2024, de la Comisión de Asuntos Legales y N° 002-2024, de la Comisión de Desarrollo Humano, recomiendan la aprobación de la Ordenanza que crea el Programa Municipal Ciudad El Agustino en sus términos; Que, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la O fi cina General de Secretaría es responsable de dirigir, ejecutar y coordinar las acciones de la Secretaría del Concejo Municipal; Que, en concordancia con el numeral 4) del artículo 33 del reglamento citado en el párrafo anterior, la O fi cina General de Secretaría tiene la función de proyectar las ordenanzas, acuerdos de concejo, decretos y resoluciones de alcaldía, de acuerdo a las decisiones adoptadas por el Concejo Municipal y las disposiciones dadas por el despacho de alcaldía. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL “PROGRAMA MUNICIPAL CIUDAD EL AGUSTINO” DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza que crea el Programa Municipal Ciudad El Agustino de la Municipalidad de El Agustino, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza. Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Social, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Infraestructura Pública y Ornato, Ofi cina de Planeamiento y Modernización, O fi cina de Abastecimiento, O fi cina de Contabilidad, O fi cina de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo 4.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Imagen Institucional en coordinación con O fi cina de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza y su anexo en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplanse. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde PROGRAMA MUNICIPAL CIUDAD EL AGUSTINO - MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- DEFINICIÓN DEL PROGRAMA Ciudad De El Agustino, es un programa municipal que consiste en la celebración de acuerdos y compromisos entre la población organizada y la Municipalidad Distrital de El Agustino, para el cierre de brechas sociales mediante la descentralización de los servicios sociales que la entidad edil ofrece a la población con la fi nalidad de alcanzar el mejoramiento de la calidad de vida. En ese sentido, la Municipalidad Distrital de El Agustino ejecutará la construcción de escaleras, muros de contención, vías de acceso, parques, edi fi caciones de uso público, espacios deportivos y mantenimiento de la infraestructura pública con fi nanciamiento municipal o compartido, con la fi nalidad de crear espacios adecuados que permitan la implementación de los servicios sociales. Artículo 2.- BASE LEGAL a) Constitución Política del Perú. b) Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.c) Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre (SINAGERD). d) Ley Nº29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. e) Ley N° 32069 Ley general de Contrataciones Públicas y su reglamento f) Decreto Legislativo Nº1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. g) Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. h) Directiva N° 017-2023-CG/GMPL ejecución de obras por Administración directa. i) Directiva N° 001-2019-EF/63.01 Directiva General del Sistema nacional de programación multianual y gestión de Inversiones j) Ordenanza Nº 1762-MML, Ordenanza que establece los procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana. k) Ordenanza Nº 735-02023-MDEA, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de El Agustino. l) Ordenanza N° 674 - MDEA del año 2019, Ordenanza que establece el procedimiento para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales en el