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89 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de abril de 2025 El Peruano / registro único de organizaciones sociales (RUOS) del distrito de El Agustino Artículo 3.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA• Promover la participación de las organizaciones sociales del distrito de El Agustino en actividades organizadas por la municipalidad que contribuyan a la reducción de las brechas sociales. En ese sentido, es necesario contar con la infraestructura pública necesaria como escaleras, muros de contención, vías de acceso, parques, edi fi caciones de uso público, espacios deportivos y mantenimiento de la infraestructura pública con fi nanciamiento municipal o compartido, que permita la implementación de actividades sociales. • Brindar fi nanciamiento y asistencia técnica para las actividades en la construcción de escaleras, muros de contención, vías de acceso, parques, edi fi caciones de uso público, espacios deportivos y mantenimiento de la infraestructura pública con fi nanciamiento municipal o compartido. Artículo 4.- DISPOSICIONES GENERALES a. Conformación del Comité de Gestión de Obra Las Organizaciones Sociales reconocidas por la municipalidad distrital de El Agustino en Asamblea General, deberán :1) Priorizar el Trabajo Comunal; 2) Compromiso de la mano de obra cali fi cada y no cali fi cada, donde se le dará un enfoque prioritario de utilización de mano de obra proporcionado por los vecinos de la zona que solicita, y materiales complementarios en caso se requiera; 3)Elegir tres (3) personas que representen el Comité de Gestión de Obra; para ello, deberán levantar el Acta de Asamblea correspondiente. El Comité de Gestión de Obra está integrado por el: Presidente, Secretario y Almacenero. Funciones de los miembros del Comité de Gestión de Obra: Presidente: - Representar al Comité de Gestión ante la municipalidad distrital de El Agustino. - Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre el Comité de Gestión de Obra. - Autorizar con su fi rma los documentos, actas y correspondencia. - Suscribir las actas de compromiso y recepción de materiales. Secretario:- Dirigir los trabajos puramente administrativos del Comité de Gestión de Obra. - Expedir certi fi caciones y llevará los libros del Comité de Gestión de Obra. - Custodiar la documentación del Comité de Gestión de Obra. - Suscribir las actas de compromiso y recepción de materiales. Almacenero: - Recibir y revisar los materiales, insumos y/o productos que la Municipalidad Distrital de El Agustino entregue para la ejecución de los trabajos vecinales. - Guardar y custodiar la mercancía existente en el almacén. El mismo que deberá contar con las medidas de seguridad correspondientes como ser un ambiente techado, con acceso de ingreso y salida debidamente asegurado con una chapa o candado. - Suscribir las actas de compromiso y recepción de materiales. Artículo 5.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El programa es de aplicación obligatoria para todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de El Agustino y tiene como fi nalidad atender las necesidades de las ocho zonas del distrito que presentan brechas sociales sin atender. Artículo 6.- DEFINICIONES Para la implementación del programa se tendrán en cuenta las siguientes de fi niciones: a) Comité de Gestión de Obra: Estará conformado por los representantes de las organizaciones sociales, elegidas mediante Asamblea General y reconocidas mediante resolución subgerencial por la municipalidad distrital de El Agustino para dar inicio al proceso de evaluación y ejecución del mejoramiento de la infraestructura pública que requiere ser intervenida para mitigar o reducir brechas sociales. b) Solicitud del Comité de Gestión de Obra: Solicitud dirigida al alcalde la municipalidad distrital de El Agustino, donde se propone la obra a realizar. c) Obras Comunales: La atención en la construcción de escaleras, muros de contención, vías de acceso, parques, edifi caciones de uso público, espacios deportivos y mantenimiento de la infraestructura pública, ubicadas en las zonas de bajos recursos económicos y situación vulnerable, en el distrito de El Agustino. d) Proyectos de inversión pública: son intervenciones temporales fi nanciados parcial o totalmente con recursos públicos para la formación de capital físico, humano, institucional, intelectual y/o natural con el propósito de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios que el Estado tenga responsabilidad de brindar o de garantizar su prestación. e) Acta de Compromiso: El acta de compromiso es suscrita por los miembros de la organización social reconocida como agente participante acreditado a través del cual se comprometen a los aportes de mano de obra califi cada y no cali fi cada y materiales complementarios, en caso se requiera. f) Acta de Recepción de Materiales y/o Bienes: Es el acta que deben suscribir los bene fi ciarios a través de los miembros de la organización social reconocida como agente participante acreditado, y la Municipalidad a través de los representantes de la Municipalidad Distrital de El Agustino, de acuerdo a sus funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones. g) Expediente Técnico: El expediente técnico es el documento o conjunto de documentos formales más importante para la ejecución de una obra, son de carácter técnico y/o económico; en ellos se consigna todos los alcances requeridos para la construcción, como información física y económica, la documentación grá fi ca en planos y detalles; todos los estudios necesarios para llegar a las conclusiones de diseño de arquitectura e ingeniería que dan como resultado el Expediente, la cual permitirá la correcta ejecución de la obra el cual será revisado y aprobado por la subgerencia de Estudios y Proyectos de la Municipalidad Distrital de El Agustino. h) Ficha Técnica Simple: Documento presentado por el Agente Participante, el cual será revisado y aprobado por la subgerencia de Estudios y proyectos, que contiene la memoria descriptiva, relación de metrados, presupuesto base, fotografías, relación de materiales, presupuesto, cronograma de ejecución del trabajo comunal, planos y vistas topográ fi cas, si así corresponde. i) Informe Social: Informe emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, el cual debe contener un diagnóstico social, económico, educacional y de salud para determinar si la población solicitante cali fi ca o no ser bene fi ciada con el Programa Municipal. j) Materiales de Construcción: Es todo elementos o cuerpos que se requiere para la ejecución del trabajo comunal, cualquiera que sea su naturaleza, composición y forma. Artículo 7.- FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA El programa se ejecutará a través del fi nanciamiento de la Municipalidad Distrital de El Agustino con fondos de: • Recursos Ordinarios • Donaciones y transferencias• Recursos determinados