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84 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de abril de 2025 El Peruano / órganos desconcentrados, proyectos y programas especiales del Gobierno Regional de Loreto (…); Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 176-2021-MINEDU, de fecha 27 de abril de 2021, se aprueba la Norma Técnica “Orientaciones para la Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (ORE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL)”; con el objetivo de establecer orientaciones y criterios para el diseño organizacional y funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y las Unidades de Gestión Educativa Local, a fi n que contribuyan a la generación de modelos organizacionales modernos y orientados a resultados; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2024-GRL- CR, de fecha 24 de enero de 2024, se aprueba la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local Intercultural Bilingüe en la jurisdicción de la Provincia del Datem del Marañón ; Que, mediante O fi cio Nº 1962-2024-GRL-GGR- GREL-G, de fecha 26 de diciembre de 2024, el Gerente Regional de Educación de Loreto, solicita la gestión de aprobación del documento de gestión denominado “Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación de Loreto”, y sus nueve (9) Órganos Desconcentrados (Unidades de Gestión Educativa Local – UGEL´s), el mismo que incluye recientemente creada la Unidad de Gestión Educativa Local Datem del Marañón – Intercultural Bilingüe. Del mismo modo remite la documentación, opinión legal y técnica contenida en el Informe Legal Nº 190-2024-GRL-GGR-GREL-OAJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, expedido por la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica – GREL, y el Informe Nº 08-GRL-GGR-GREL-DGI/PLAN, de fecha 20 de diciembre de 2024, remitido por la Directora de Gestión Institucional GREL, emite opinión favorable a la propuesta para aprobar el Manual de Operaciones – MOP de la Gerencia Regional de Educación de Loreto; Que, la Jefatura de la O fi cina Ejecutiva de Desarrollo Institucional y Procesos OEDIP, a través del O fi cio Nº 007-2025-GRL-GGR-OEDIP, de fecha 15 de enero del 2025, remite el Informe Nº 001-2025-GRL-GGR-OEDIP/AOFI/ETA, de fecha 15 de enero de 2025, suscrito por el Asistente Administrativo I adscrita a la O fi cina antes referida, sobre la propuesta de aprobación del Manual de Operaciones – MOP de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, la cual concluye de la revisión efectuada a la Propuesta antes descrita, lo siguiente: • Los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi cados por el D.S. Nº 131-2018-PCM y D.S. Nº 064-2021-PCM, regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado. • Teniendo en cuenta la Ordenanza Regional Nº 001-2024-GRL-GR, del 24 de enero del 2024, mediante el cual se aprueba la Creación de la Unidad de Gestión Educativa Local Intercultural Bilingüe en la jurisdicción de la Provincia de Datem del Marañón; y siendo de prioritaria necesidad incluirla en el listado de UGEL de la GRE, motivo por el cual se requiere la aprobación del Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación y en aplicación de los Lineamientos de Organización del Estado, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002- 2020-PCM/SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominado “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”, la Directiva General Nº 005-2022-GRL-GGR-OEDIP “Normas para la Formulación, Modi fi cación, Actualización y Aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de Competencia de los Órganos del Gobierno Regional de Loreto” aprobada mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 591-2022-GRL- GGR de fecha 28 de otubre de 2022 y, por el volumen de funciones, y procesos que realiza la Gerencia Regional de Educación de Loreto, para la prestación de sus bienes y servicios con un enfoque de servicio al ciudadano, y con la fi nalidad de asegurar la sostenibilidad de la gestión regional sectorial, es de urgente necesidad aprobar su respectivo Manual de Operaciones – MOP, para la implementación de sus líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinaciones de las referidas unidades de organización establecidas en dicho documento de gestión, sin que su aprobación e implementación genere mayor incremento de su presupuesto institucional aprobado y la contratación de personal; • La propuesta de aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de Educación de Loreto y de las Unidades de Gestión Educativa, ha sido elaborado como un documento Técnico Normativo de Gestión Organizacional Único, en el cual se de fi ne la Estructura Orgánica de la gerencia Regional y sus nueve (09) Órganos Desconcentrados (UGEL ʼs) siendo estas las siguientes: 1. UGEL Maynas. 2. UGEL Alto Amazonas – Yurimaguas.3. UGEL Ucayali– Contamana.4. UGEL Mariscal Ramon Castilla– Caballo Cocha.5. UGEL Requena.6. UGEL Loreto – Nauta.7. UGEL Alto Amazonas – San Lorenzo.8. UGEL Putumayo. 9. UGEL Datem del Marañón Intercultural Bilingüe. Que, mediante Informe Legal Nº 055-2025-GRL-GGR- GRAJ, de fecha 22 de enero de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina en forma favorable por la aprobación de la propuesta del Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, y de las Unidades de Gestión Educativa, conforme lo detalla en dicho documento, al haberse elaborado siguiendo los criterios y lineamientos establecidos en las normas vigentes en materia de organización del Estado emitidos por la Secretaria de Gestión Pública PCM, órgano rector del Sistema Administrativo de Modernización del Estado; Que, con Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales Nº 001-2025-GRL-SEO-DGR, de fecha 29 de enero de 2025, se Aprobó por unanimidad el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Regional de Educación de Loreto; incluyendo sus nueve (09) Órganos Desconcentrados (Unidades de Gestión Educativa Local UGEL ʼs) antes mencionados, y con O fi cio Nº 008-2025-GRL-GGR/DGR/P, de fecha 05 de febrero de 2025, se solicita al Gobernador Regional, emita y suscriba el Decreto Regional correspondiente; y con Proveído Nº 01314, de fecha 05 de febrero de 2025, se deriva a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, para evaluación y opinión respectiva; Que, mediante O fi cio Nº 246-2025-GRL-GGR-GRAJ, de fecha 05 de marzo del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, remite los actuados del Expediente Administrativo sobre el Acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales Nº 001-2025-GRL-SEO-DGR, que aprobó por unanimidad el Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, a fi n de solicitar aclaración respecto a la denominación de la UGEL correspondiente a la Provincia de Datem del Marañón, conforme al detalle establecido en dicho documento; siendo subsanado dicha aclaración con O fi cio Nº 526-2025-GRL-GGR-GREL-DGI, de fecha 13 de marzo de 2025, emitido por la Dirección de Gestión Institucional de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, mediante el cual remite el Informe Nº 002-2025-GRL-GGR-GREL-DGI-PLAN, de fecha 12 de marzo de 2025, de la Jefatura del Área de Plani fi cación; precisando que la UGEL pertinente a la jurisdicción de la provincia de Datem del Marañón - San Lorenzo se denomina UGEL Alto Amazonas – San Lorenzo; Que, con Informe Legal Nº 130-2025-GRL-GGR- GREL-OAJ, de fecha 13 de marzo de 2025, expedido por la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Gerencia Regional de Educación de Loreto, opina viable la propuesta de aprobar el Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación de Loreto; y se recomienda derivar el presente proyecto al Gobierno Regional de Loreto, el cual fue aprobado por el Acuerdo de Directorio de Gerencias Regionales Nº 001-2025-GRL-SEO-DGR, habiéndose levantado las observaciones precisadas, para continuar con los trámites correspondientes conforme a Ley. Del mismo modo, señala que de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General, siendo de aplicación obligatoria en