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64 NORMAS LEGALES Sábado 5 de abril de 2025 El Peruano / Autorizan viaje de Vicepresidenta Académica de la Universidad Nacional de Cañete a los EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 082-2025- UNDC-CO/P Cañete, 1 de abril de 2025 EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS:El MEMORÁNDUM N° 171-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 31 de marzo de 2025 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora; INFORME N° 119-2025- UNDC/OAJ-JLOC de fecha 31 de marzo de 2025 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; INFORME N° 293- 2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 18 de marzo de 2025 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME N° 120-2025-UNDC/VPA de fecha 19 de marzo de 2025 emitido por la Vicepresidencia Académica; INFORME N° 121-2025-UNDC/PCO/SGL de fecha 12 de marzo de 2025 emitido por la Secretaría General; OFICIO MÚLTIPLE N° 016-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU de fecha 17 de febrero de 2025 emitido por Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley N° 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/ CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resoluciones Viceministeriales N° 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación; Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, concordado con el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, establecen que el Rector en el presente caso el Presidente de la Comisión Organizadora es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableciendo que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, los numerales 6.3.1 y 6.3.2 del punto 6.3 de la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC, señala que la autorización de viaje al exterior de país en comisión de servicios que ocasione gastos al Estado Peruano, serán autorizados mediante Resolución Presidencial y deberá estar sustentada en el interés especi fi co de la Universidad, indicando expresamente el motivo de viaje, número de días de duración de viaje, el monto de los gastos de viatico, desplazamiento (movilidad) y tari fi ca CORPAC. La Resolución Presidencial deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 0016-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESU de fecha 17.02.2025, el Ministerio de Educación, cursa una invitación a la Universidad Nacional de Cañete, para participar en la “Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, a realizarse del 27 al 30 de mayo de 2025, en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; en ese sentido, hace extensiva la invitación a participar del citado evento; Que, con Informe N° 120-2025-UNDC/VPA de fecha 19.03.2025, la Vicepresidenta Académica en virtud a lo informado por el Jefe de la Secretaría General 1, comunica que habiendo sido designada para participar en la “Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, que se desarrollará del 27 al 30 de mayo de 2025, en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; en tal sentido, solicita la autorización correspondiente y los recursos económicos para dicho viaje, Que, la participación de la Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, en la invitación antes señalada ayudará a promover la internacionalización de la Universidad Nacional de Cañete; así como dará la oportunidad de conocer y difundir las ofertas académicas que ofrece esta Universidad, para incrementar la movilidad estudiantil y de los docentes; Que, mediante Informe N° 293-2025-UNDC/PCO/ OPP de fecha 18.03.2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, garantiza el fi nanciamiento del presente viaje de la Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, al exterior, señalando que los gastos que se efectuarán serán con cargo al Presupuesto Institucional del año fi scal 2025 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, conforme a lo establecido en el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, por lo que remite el presupuesto detallado: DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO (S/) PASAJES AÉREOS (IDA Y VUELTA) : S/ 6,000.00 VIÁTICOS X 5 DÍAS ($ 220 POR DÍA) : S/ 4,103.00 INSCRIPCIÓN A LA CONFERENCIA Y EXPOSICIÓN ANUAL DE NAFSA 2025: S/ 5,000.00 TOTAL :S/ 15,103.00 Que, mediante Informe N° 119-2025-UNDC/OAJ-JLOC de fecha 31.03.2025, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar, por