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66 NORMAS LEGALES Sábado 5 de abril de 2025 El Peruano / Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley N° 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/ CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resoluciones Viceministeriales N° 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación; Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, concordado con el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, establecen que el Rector en el presente caso el Presidente de la Comisión Organizadora es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableciendo que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, los numerales 6.3.1 y 6.3.2 del punto 6.3 de la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC, señala que la autorización de viaje al exterior de país en comisión de servicios que ocasione gastos al Estado Peruano, serán autorizados mediante Resolución Presidencial y deberá estar sustentada en el interés especi fi co de la Universidad, indicando expresamente el motivo de viaje, numero de días de duración de viaje, el monto de los gastos de viatico, desplazamiento (movilidad) y tari fi ca CORPAC. La Resolución Presidencial deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 0016-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESU de fecha 17.02.2025, el Ministerio de Educación, cursa una invitación a la Universidad Nacional de Cañete, para participar en la “Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, a realizarse del 27 al 30 de mayo de 2025, en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; en ese sentido, hace extensiva la invitación a participar del citado evento; Que, con O fi cio N° 184-2025-UNDC/VPI, la Vicepresidenta de Investigación en virtud a lo informado por el Jefe de la Secretaría General 1, comunica que habiendo sido designada para participar en la “Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, que se desarrollará del 27 al 30 de mayo de 2025, en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; en tal sentido, solicita la autorización correspondiente y los recursos económicos para dicho viaje, Que, la participación de la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, en la invitación antes señalada ayudará a fortalecer con la proyección internacional de la Universidad Nacional de Cañete, ya que facilitará el establecimiento de redes de colaboración con investigadores, instituciones educativas y organizaciones de prestigio global e impulsar la integración en redes institucionales; Que, mediante Informe N° 292-2025-UNDC/PCO/ OPP de fecha 19.03.2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, garantiza el fi nanciamiento del presente viaje de la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, al exterior, señalando que los gastos que se efectuarán serán con cargo al Presupuesto Institucional del año fi scal 2025 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, conforme a lo establecido en el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, por lo que remite el presupuesto detallado: DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO (S/) PASAJES AÉREOS (IDA Y VUELTA) : S/ 6,000.00 VIÁTICOS X 5 DÍAS ($ 220 POR DÍA) : S/ 4,103.00INSCRIPCIÓN A LA CONFERENCIA Y EXPOSICIÓN ANUAL DE NAFSA 2025: S/ 5,000.00 TOTAL :S/ 15,103.00 Que, mediante Informe N° 119-2025-UNDC/OAJ-JLOC de fecha 31.03.2025, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar, por medio de Resolución Presidencial el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez,, Vicepresidenta de Investigación, para que participe en la Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, a realizarse en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación de la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país el 26 de mayo de 2025, así como su retorno el 31 de mayo de 2025; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 32185 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, sobre medidas en materia de bienes y servicios, establece que durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, siendo de interés de la Institución y, por ende, para el país, mediante Memorándum N° 171-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 31.03.2025, el Presidente de la Comisión Organizadora autoriza el viaje al exterior de la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, del 26 al 31 de mayo de 2025, por lo que es pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Resolución Viceministerial N° 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes;