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35 NORMAS LEGALES Viernes 11 de abril de 2025 El Peruano / 7-A.1 En materia de gestión presupuestal: a) Gestionar y presentar las solicitudes de modi fi caciones presupuestales ante las instancias competentes del Pliego 010: Ministerio de Educación, en el marco de las normas de presupuestales aplicables.” Artículo 2.- Modi fi car el literal e) del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 00001-2025-PEIP-EB en los términos siguientes: “e) Ejercer el rol de O fi cial de Integridad, responsable de ejercer la función de integridad en el PEIP Escuelas Bicentenario, de conformidad con lo previsto en los numerales 6.4 y 7.3.4 de la Directiva Nº 001-2024-PCM/ SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 001-2024-PCM/SIP.” Artículo 3.- Disponer que el personal en quien se ha delegado las facultades otorgadas y precisadas con la presente resolución directoral ejecutiva, deben dar cuenta e informar a la Dirección Ejecutiva dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de terminado cada trimestre, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho período. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Tecnologías de Información la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar del PEIP Escuelas Bicentenario, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CATALINA JULIETTA HORNA MELO Directora Ejecutiva Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario 2389656-1 ENERGÍA Y MINAS Aprueban transferencia de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión 50 kV S.E. Francoise - S.E. Animon”, ubicada en el departamento de Pasco, que efectúa la Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C. a favor de Compañía Perú Chungar S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 462-2024- MINEM/DM Lima, 17 de diciembre de 2024 VISTOS: El Expediente N° 14332113 sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión 50 kV S.E. Francoise - S.E. Animon”, la solicitud de aprobación de cesión de posición contractual del Contrato de Concesión N° 447-2014, presentada por la Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C. a favor de Compañía Perú Chungar S.A.C.; los Informes N° 628-2024-MINEM/DGE-DCE y N° 880-2024-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00629-2024/ MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 1194-2024-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 048-2014- EM, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 11 de julio de 2014, se otorgó a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C. (en adelante, EGERBA) la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 50 kV S.E. Francoise - S.E. Animon, ubicada en el distrito de Huallay, provincia y departamento de Pasco (en adelante, la L.T. FRANCOISE - ANIMON). Asimismo, se aprobó el Contrato de Concesión Nº 447-2014 (en adelante, el CONTRATO DE CONCESIÓN); Que, mediante documento con Registro N° 3673198, de fecha 05 de febrero de 2024, EGERBA presentó una solicitud para transferir la titularidad de la CONCESIÓN, a favor de Compañía Perú Chungar S.A.C. (en adelante, CHUNGAR); Que, como sustento de la solicitud de transferencia de cesión de posición contractual, EGERBA presentó el “Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesión y de Transferencia de Servidumbres” (en adelante, CONTRATO DE CESIÓN), suscrito el 20 de diciembre de 2023, entre EGERBA y CHUNGAR; mediante el cual, EGERBA cede a favor de CHUNGAR su posición contractual en el CONTRATO; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1211 del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 295, la cesión de derechos comprende la transmisión del cesionario de los privilegios, las garantías reales y personales, así como los accesorios del derecho transmitido, salvo pacto en contrario; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verifi cado que la transferencia solicitada está debidamente sustentada, resultando legalmente viable su aprobación y, en consecuencia, se tendrá como titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la CONCESIÓN a CHUNGAR; De conformidad con lo dispuesto en el Código Civil, promulgado mediante Decreto Legislativo N° 295; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión 50 kV S.E. Francoise - S.E. Animon”, otorgada mediante Resolución Suprema N° 048-2014-EM, ubicada en el distrito de Huallay, provincia y departamento de Pasco, que efectúa la Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C. a favor de Compañía Perú Chungar S.A.C., por las razones y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Tener como titular de la concesión defi nitiva mencionada en el artículo precedente a Compañía Perú Chungar S.A.C., la que asume todos los derechos y obligaciones que constan en el Contrato de Concesión N° 447-2014 y los que corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y demás normas legales y técnicas que resulten aplicables. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta de su nuevo titular, Compañía Perú Chungar S.A.C., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2355716-1