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38 NORMAS LEGALES Viernes 11 de abril de 2025 El Peruano / Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N° 061-2025/COE-TPC, del 1 de abril de 2025, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de violación sexual de menor, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JULIO ANTONIO SAAVEDRA VALLADOLID para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de violación sexual de menor, en agravio de una menor de edad con identidad reservada. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2389753-3 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano venezolano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 073-2025-JUS Lima, 10 de abril de 2025 VISTO; el Informe N° 063-2025/COE-TPC, del 1 de abril de 2025, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad venezolana REILANDER OMAR LARA SOTO formulada por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de extorsión agravada, en agravio de Erick Alejandro Trujillo Torres y Liz Gabriela Trujillo Torres; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 13 de marzo de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad venezolana REILANDER OMAR LARA SOTO formulada por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito de extorsión agravada, en agravio de Erick Alejandro Trujillo Torres y Liz Gabriela Trujillo Torres; Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N° 063-2025/COE-TPC, del 1 de abril de 2025, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de extorsión agravada, en agravio de Erick Alejandro Trujillo Torres y Liz Gabriela Trujillo Torres; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano venezolano REILANDER OMAR LARA SOTO para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de extorsión agravada, en agravio de Erick Alejandro Trujillo Torres y Liz Gabriela Trujillo Torres. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2389753-4 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 074-2025-JUS Lima, 10 de abril de 2025