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37 NORMAS LEGALES Viernes 11 de abril de 2025 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Ecuador y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2025-JUS Lima, 10 de abril de 2025VISTO; el Informe Nº 064-2025/COE-TPC, del 3 de abril de 2025, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana YAN OSWALDO ATOCHE MELGAR formulada por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Norte de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica, para ser extraditado de la República del Ecuador y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de una persona con identidad reservada; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 28 de marzo de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana YAN OSWALDO ATOCHE MELGAR formulada por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Norte de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica, para ser procesado por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de una persona con identidad reservada; Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 064-2025/COE-TPC, del 3 de abril de 2025, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de una persona con identidad reservada; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República del Ecuador suscrito el 4 de abril de 2001 y vigente desde el 12 de diciembre de 2002; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano YAN OSWALDO ATOCHE MELGAR para ser extraditado de la República del Ecuador y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de una persona con identidad reservada. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2389753-2 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y cumplir su condena en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2025-JUS Lima, 10 de abril de 2025 VISTO; el Informe N° 061-2025/COE-TPC, del 1 de abril de 2025, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JULIO ANTONIO SAAVEDRA VALLADOLID formulada por la Segunda Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de violación sexual de menor, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 17 de marzo de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JULIO ANTONIO SAAVEDRA VALLADOLID formulada por la Segunda Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de violación sexual de menor, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;