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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (11/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Viernes 11 de abril de 2025 El Peruano / Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro ORDENANZA Nº 614-2025-MSI LA ALCALDESA DE SAN ISIDROPOR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO;VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Memorando Nº 198-2025-0600-SG/MSI y el Memorando Nº 200-2025-0600-SG/MSI de la Secretaría General; el Informe Nº 115-2025-0400-GAJ-MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Dictamen Nº 015-2025-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. La autonomía que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica referida establecen en las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con el primer párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se tiene que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo; Que, asimismo, el primer párrafo del artículo 40º de la referida Ley Orgánica se tiene que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los gobiernos locales, el numeral 12 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar por Ordenanza su Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Secretaría General y la Gerencia de Asesoría Jurídica, según los documentos del visto, teniendo en cuenta las atribuciones otorgadas al Concejo Municipal por la Ley Orgánica de Municipalidades, la señora Alcaldesa, en el marco de lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, eleva la propuesta del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro, a efectos de contar con un dispositivo actualizado que regule el ejercicio de las atribuciones de los miembros del Concejo Municipal, al amparo de lo previsto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como los procedimientos y gestiones internas del mismo; Que, con Dictamen Nº 015-2025-CAJLI/MSI de fecha 19 de marzo de 2025, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática emitió opinión FAVORABLE respecto del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro. Que, en Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, los regidores, tras un análisis y debate del mencionado proyecto normativo, procedieron a la aprobación de la presente Ordenanza; En uso de las facultades conferidas por el numeral 12 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por MAYORÍA, y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo – RIC, del Concejo Municipal de San Isidro, el mismo que consta de cuatro (04) Capítulos, veinticuatro (24) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias y Finales, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 416-MSI, Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro, y sus modi fi catorias, cuya vigencia fue restituida por la Ordenanza Nº 601-MSI, así como cualquier otro dispositivo municipal que resulte contrario a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.munisanisidro.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 31 días del mes de marzo de 2025 NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente ordenanza tiene como propósito establecer la organización, el funcionamiento, regular el ejercicio de las atribuciones y de las facultades normativas y fi scalizadoras del Concejo Municipal de San Isidro, según lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con lo previsto en el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 2.- Alcance El presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento para el Alcalde, los regidores, la Secretaría General y quienes participan de las sesiones de comisiones y de concejo. Artículo 3.- Estructura orgánica del Concejo Municipal El Concejo Municipal de la Municipalidad de San Isidro es un órgano compuesto por el Alcalde y los regidores que desarrollan sus facultades inherentes con el apoyo administrativo de la Secretaría General. Las funciones especí fi cas de la Secretaría General respecto al Concejo Municipal son reguladas en la presente ordenanza, sin perjuicio de las demás establecidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad. Artículo 4. El Alcalde El Alcalde es el representante legal y máxima autoridad administrativa de la municipalidad. Es elegido por votación popular y desempeña su cargo a tiempo completo. El Alcalde aprueba el tipo de sesión, convoca, determina la agenda, da por iniciadas, preside y da por concluidas las sesiones del Concejo Municipal, con el apoyo permanente del Secretario General. En los casos de ausencia del Alcalde, convoca, preside, inicia, modera y da por concluidas las Sesiones