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34 NORMAS LEGALES Jueves 24 de abril de 2025 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa – CDPSA, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación administrativa en el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2025- MIMP Lima, 23 de abril de 2025Vistos, el Informe Nº D000044-2025-MIMP-OMI de la Ofi cina de Modernización Institucional, el Memorándum Nº D000299-2025-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº D000313- 2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, la simpli fi cación administrativa como política nacional de obligatorio cumplimiento es aplicable a todas las entidades que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; en ese sentido, involucra a las entidades del Gobierno Nacional (incluidos los Ministerios y las Entidades Públicas del Poder Ejecutivo), de los Poderes Legislativo y Judicial, de los Gobiernos Regionales, de los Gobiernos Locales u Organismos Constitucionales Autónomos; Que, con la fi nalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de reingeniería o simpli fi cación administrativa, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se ha aprobado la Metodología de Simpli fi cación Administrativa; Que, de acuerdo con dicha Metodología se dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simpli fi cación y el Equipo de Mejora Continua como responsable de plani fi car y gestionar el proceso de simpli fi cación administrativa al interior de cada entidad del sector público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 344- 2012-MIMP se conforma en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, el Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 205-2017-MIMP, Resolución Ministerial Nº 225- 2018-MIMP y Resolución Ministerial Nº 227-2022-MIMP; Que, mediante Memorándum Nº D000299-2025- MIMP- OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustenta a través del Informe Nº D000044-2025-MIMP-OMI elaborado por la Ofi cina de Modernización Institucional, la necesidad de conformar un nuevo Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación Administrativa a fi n de fl exibilizar el proceso de selección de la(s) o el(los) integrante(s) perteneciente a los gremios representativos y/o las asociaciones de usuarios, así como la conformación del Equipo de Mejora Continua, que incluye nuevos integrantes y se actualiza sus funciones del en atención a la normativa vigente y el avance en el cumplimiento de sus actividades previamente asignadas; Que, a través del Informe Nº D000313-2025-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo sustentado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, considera legalmente viable la emisión de la presente resolución; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Metodología de Simpli fi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; y, la Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación Administrativa – CDPSA, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simpli fi cación administrativa en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; así como de supervisar y facilitar la labor del Equipo de Mejora Continua. El CDPSA está integrado de la siguiente manera: - El/La Secretario/a General o su representante, quien lo preside. - El/La Viceministro/a del Despacho Viceministerial de la Mujer o su representante. - El/La Viceministro/a del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables o su representante. - El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. - Representante(s) de una organización representativa o vinculada a temas a fi nes al sector Mujer y Poblaciones Vulnerables. El(los) o la(s) representante(s) de las organizaciones antes citadas, son convocadas y seleccionadas conforme a la metodología propuesta por el Equipo de Mejora Continua y validada por el CDPSA. Artículo 2.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como responsable de gestionar el proceso de simpli fi cación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simpli fi cación Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM. El Equipo de Mejora Continua está integrado de la siguiente manera: - El/la Director/a II de la O fi cina de Modernización Institucional, responsable del Equipo de Mejora Continua. - Un/a representante de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, especialista legal en derecho administrativo. - Un/a representante de la O fi cina General de Administración, especialista en costos. - Un/a representante de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, especialista en sistemas. - Un/a representante de la O fi cina de Modernización Institucional, especialista en proceso. - Un/a representante de la O fi cina de Comunicación, especialista en comunicaciones. - Un/a representante de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documental. - Un/a representante de la O fi cina de Monitoreo y Evaluación de Políticas. El Equipo de Mejora Continua puede incorporar de manera temporal a responsables de los procedimientos que pueden ser una o más personas de los diferentes programas, órganos o unidades orgánicas de la entidad. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables brindan al Equipo de Mejora Continua el apoyo que este requiere para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 3.- El Equipo de Mejora Continua, responsable de plani fi car y gestionar el proceso de simpli fi cación administrativa, contribuye a implementar las siguientes temáticas: