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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 32308 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY DE SANEAMIENTO DE DOS TRAMOS DEL LÍMITE ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE AREQUIPA Y AYACUCHO Artículo 1. Objeto La presente Ley tiene por objeto sanear el límite entre los departamentos de Arequipa y Ayacucho, en los siguientes tramos: a) Desde la cumbre del cerro Lunco hasta el punto de coordenada UTM 713 637 m E y 8 356 813 m N. b) Desde la cumbre noreste del cerro Ccotuna hasta la desembocadura de la quebrada Los Ángeles en la quebrada Carbonera. Artículo 2. Delimitación de los tramos del límite entre los departamentos de Arequipa y Ayacucho Se delimitan los tramos del límite entre los departamentos de Arequipa y Ayacucho a los que se refi ere el artículo 1 de la presente Ley, de acuerdo a las siguientes memorias descriptivas: a) Tramo que abarca desde la cumbre del cerro Lunco hasta el punto de coordenada UTM 713 637 m E y 8 356 813 m N: El límite inicia en la cumbre del cerro Lunco de cota 5224 (tri fi nio entre los departamentos de Apurímac, Ayacucho y Arequipa), continúa en dirección suroeste por la estribación suroeste del cerro Lunco hasta la naciente de la quebrada Quehua en el punto de coordenada UTM 731 247 m E y 8 366 817 m N; continúa en dirección oeste por el thalweg de la quebrada Quehua hasta la desembocadura de la quebrada Huamanihuarca en la quebrada Quehua; continúa en dirección oeste por estribación hasta la cumbre de un cerro sin nombre en un punto coordenada UTM 723 281 m E y 8 367 405 m N. El límite continúa en dirección suroeste por línea de cumbre pasando por el cerro Huayllamarca, cota 5105, cerro Sullcachancahuaña y cerro Jalcachi hasta un punto de coordenada UTM 714 887 m E y 8 360 338 m N, continúa en dirección sur por la estribación sur del cerro Jalcachi hasta el punto de coordenada UTM 713 637 m E y 8 356 813 m N. b) Tramo que abarca desde la cumbre noreste del cerro Ccotuna hasta la desembocadura de la quebrada Los Ángeles en la quebrada Carbonera: El límite inicia en la cumbre noreste del cerro Ccotuna, continúa en dirección suroeste por la divisoria de aguas de los tributarios de la laguna Parinacochas con los tributarios del río Caravelí y los tributarios del río Chaparra, pasando por Loma Sanjalaja, cerro Pucaranra, cerro Huachhuala, cerro Huayllarane y cerro Queñuapunta, hasta la cumbre del cerro Chinchipilla en un punto de coordenada UTM 640 638 m E y 8 292 932 m N. Después del último punto nombrado, el límite continúa en dirección noroeste por la divisoria de aguas de los a fl uentes de la laguna Parinacochas y tributarios del río Tampa con los tributarios del río Chaparra, pasando por cerro Pucaloma, cerro Tereniso, cerro Ischuorjo, cerro Puquiopata, cerro Peña Colorada, cerro Arenizo, hasta la cumbre del cerro Puñuchia con cota 4210 (punto de coordenada UTM 619 785 m E y 8 304 093 m N), continúa en dirección sur por la divisoria de aguas del río Las Chacras con los tributarios del río Chaparra, pasando por el cerro Marcata de cota 3980, cerro Nayloma hasta la cumbre del cerro Achatayhua de cota 4580. Continúa en dirección suroeste por la divisoria de aguas de los tributarios de la quebrada de La Charpa (aguas arriba toma el nombre de río Las Chacras) con los tributarios de las quebradas Congoza y Huicho (aguas abajo toma el nombre de quebrada Huanuhuanu), pasando por cerro Huamanhuire, cerro Pan de Azúcar, cerro Pochjo, Cerros Tranca, Cerros Pocho, cerro Pochco hasta la cumbre suroeste del cerro Capitana (coordenada UTM 603 580 m E y 8 274 107 m N), continúa en dirección general suroeste por estribación, pasando por el punto de coordenada UTM 601 842 m E y 8 272 915 m N, hasta el punto de coordenada UTM 600 425 m E y 8 271 940 m N. El límite continúa en la misma dirección, en líneas rectas pasando por los puntos de coordenada UTM 600 403 m E y 8 271 930 m N, UTM 600 389 m E y 8 271 929 m N, UTM 600 371 m E y 8 271 925 m N, UTM 600 342 m E y 8 271 987 m N, UTM 600 304 m E y 8 272 023 m N, UTM 600 243 m E y 8 271 995 m N, UTM 600 212 m E y 8 271 988 m N, UTM 600 204 m E y 8 271 998 m N, UTM 600 210 m E y 8 272 033 m N, UTM 600 201 m E y 8 272 054 m N, UTM 600 164 m E y 8 272 082 m N, UTM 600 086 m E y 8 272 105 m N, hasta un punto de coordenada UTM 600 026 m E y 8 272 153 m N en el thalweg de la quebrada de La Charpa. El límite continúa en dirección suroeste, aguas abajo por el thalweg de la quebrada de La Charpa, hasta la desembocadura de una quebrada sin nombre en el thalweg de la quebrada de La Charpa en un punto de coordenada UTM 599 654 m E y 8 272 016 m N, prosigue en dirección noroeste por el thalweg de una quebrada sin nombre hasta su naciente, continúa en dirección noreste por divisoria de aguas de los tributarios de la quebrada Canal Huaicco y tributarios de la quebrada San Andrés con los tributarios de la quebrada de La Charpa, pasando por el cerro San Juan, cota 3067, cerro Mochadero, cerro Pampa Redonda hasta intersectar la divisoria de aguas de los tributarios de la quebrada Angostura con los tributarios de la quebrada Auquibuato en el punto de coordenada UTM 602 142 m E y 8 293 453 m N, continúa por esta divisoria en dirección noroeste, hasta la cumbre del cerro Arenal en la cota 3048. Continúa en dirección suroeste por la divisoria de aguas de los tributarios de la quebrada Angostura con los tributarios de la quebrada Auquibuato, tributarios de la quebrada Pampablanca y tributarios de la quebrada Francia, pasando por Pampa Cañahueca, Pampa Los Cardales hasta la cota 2637 en un punto de coordenada UTM 581 391 m E y 8 288 343 m N. Continúa en dirección este por la divisoria de aguas de los tributarios de la quebrada Acaville con la quebrada Tres Marías, hasta el punto de coordenada UTM 573 909 m E y 8 290 407 m N, continúa en dirección norte por la divisoria de aguas de la quebrada San Pedro con la quebrada Convento (pasando por la coordenada