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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (30/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de abril de 2025 El Peruano / m) Autorizar las prestaciones adicionales y reducción de prestaciones hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones públicas, para la contratación de bienes, servicios y consultorías. n) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido, en los contratos derivados de los procedimientos de selección. o) Aprobar la reducción de prestaciones en el caso de obras hasta por el máximo permitido. p) Aprobar otras modi fi caciones al contrato, en caso no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo, incluso cuando la modi fi cación implique el incremento del precio, siempre que se cumplan los requisitos y supuestos establecidos en la normativa de contrataciones públicas. q) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección competitivos, incluyendo los provenientes de procedimientos no competitivos y sus adendas. r) Autorizar la suspensión del plazo de ejecución, aun cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad contratante. s) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección competitivos y no competitivos; por las causales previstas en la normativa de contratación pública. t) Otorgar la garantía a cargo de la entidad, para los contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, en los términos previstos en el contrato. u) Autorizar las solicitudes de ampliación de plazo contractual, previo cumplimiento del procedimiento establecido. v) Aprobar el pago de los costos y gastos generales debidamente acreditados que se podrían generar como consecuencia de las ampliaciones de plazo otorgadas en los contratos de bienes y servicios. w) Suscribir contratos complementarios de bienes y servicios, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa de contrataciones públicas. x) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones y actos vinculados a los procesos de contratación y procesos de selección, que deban realizarse ante la Dirección General de Abastecimiento, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas (OECE), el Tribunal de Contrataciones Públicas y la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculadas con la temática de contrataciones Públicas, con excepción de las modalidades de Contratos Menores y Acuerdo Marco. y) Designar a los miembros integrantes de los comités de recepción de obras. z) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de bienes o servicios que cuenten con fi cha técnica, cuando de la estrategia de contratación determina que existe el riesgo objetivamente sustentado de que no se presenten su fi cientes proveedores para realizar la puja correspondiente; así como remitir a Perú Compras la documentación que sustenta dicha aprobación. aa) Publicar, modi fi car, así como realizar el seguimiento y monitoreo del plan multianual de homologación que apruebe el Ministerio del Ambiente, y comunicar los avances de su cumplimiento a Perú Compras. Asimismo, realizar el seguimiento de las actividades del equipo de homologación informando a la Secretaría General del Ministerio del Ambiente. bb) Designar al árbitro por parte de la entidad contratante a propuesta de la Procuraduría Pública respectiva o quien haga sus veces en defensa de los intereses del Estado. cc) Suscribir el contrato tripartito para el funcionamiento de la Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD). dd) Adoptar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio al amparo del principio de e fi cacia y e fi ciencia, y de acuerdo con los criterios y requisitos establecidos en la ley. ee) Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje cada una de las controversias que cumplan con el supuesto de arbitrabilidad.Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Jefe/a de la O fi cina de Abastecimiento, durante el Año Fiscal 2025. Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Ministerio del Ambiente, para el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones, en materia de contratación pública, en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2025-EF: a) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones y actos vinculados a los procesos de contratación y procesos de selección, que deban realizarse ante la Dirección General de Abastecimiento, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas (OECE), el Tribunal de Contrataciones Públicas y la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, especí fi camente en las modalidades de Contratos Menores y Acuerdo Marco; así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculadas con la temática de contrataciones Públicas. b) Resolver los contratos que se deriven de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco; por las causales previstas en la normativa de contrataciones públicas. c) Suscribir y resolver total o parcialmente contratos u órdenes de compra y servicio de bienes, servicios, consultorías y obras, y sus adendas, de los contratos menores. d) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos de bienes, servicios y consultorías y obras, de los contratos menores. e) Suspender el plazo de ejecución de contratos de obra y contratos de supervisión de obra y de servicios, según corresponda; y una vez reiniciado dicho plazo comunicar al contratista la modi fi cación de las fechas de ejecución. f) Suscribir todo aquel documento por el cual se formalice una cesión de posición contractual y/o cesión de derechos en los contratos de bienes, servicios, consultorías y obras. g) Expedir y registrar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) las Constancias de Prestación de los contratos de bienes, servicios, consultorías y obras. h) Comunicar al Tribunal de Contrataciones Públicas la existencia de indicios de la comisión de infracciones por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. i) En caso de presentación de recurso de apelación ante el Tribunal de Contrataciones Públicas, remitir el expediente de contratación completo y los demás documentos que sean requeridos por el organismo resolutivo durante el trámite en mención; y, en caso de presentación de recurso de apelación ante la Entidad, llevar a cabo todos los actos administrativos requeridos por la O fi cina General de Administración, de conformidad con las disposiciones establecidas en la normativa sobre contrataciones públicas. Artículo 3.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades y atribuciones a que se refi ere la presente Resolución de Secretaría General comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 4.- De las actuaciones realizadas El personal Directivo a quienes se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos precedentes, están obligados a informar semestralmente a la Secretaría General, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre.