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12 NORMAS LEGALES Sábado 2 de agosto de 2025 El Peruano / COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Japón para realizar acciones de promoción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 197-2025- MINCETUR Lima, 31 de julio de 2025 VISTO, el O fi cio N° 000473-2025-PROMPERU/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, el Perú viene participando en la Exposición Universal denominada Expo 2025 Osaka-Kansai, que se viene realizando del 13 de abril al 13 de octubre de 2025 en la Isla Yumeshima de Osaka, Japón, por considerarla una plataforma única para hacer visible ante el mercado internacional, en especial el japonés, nuestra diversidad y riqueza a nivel cultural de atractivos turísticos y de oferta exportable, generando interés no solo en el consumidor fi nal sino también en potenciales compradores e inversores, lo que representa un gran bene fi cio al país, al generar un impacto económico importante y consolida así el posicionamiento de su imagen; Que, el Consejo Directivo (Steering Committee) de la Expo 2025 Osaka-Kansai ha convocado a los comisionados generales de cada país participante del evento, a una reunión de trabajo para el 11 de agosto de 2025, durante la cual se revisarán los puntos de interés común presentados por los países, se evaluarán las respuestas brindadas por el organizador y se plantearán nuevas observaciones o aclaraciones sobre asuntos pendientes, abordando temas críticos para el desarrollo exitoso de la participación internacional. En la referida reunión participará el señor Daniel Ricardo Cavero Gamarra, Coordinador del Departamento de Marca País (e) de PROMPERÚ, en su calidad de Comisionado del Perú para la Expo 2025 Osaka-Kansai, acreditado mediante el O fi cio N° 622-2023-MINCETUR/DM, quien ejerce una vicepresidencia en representación de América; Que, previamente, del 6 al 10 de agosto de 2025, se supervisará la operación del Pabellón Perú, se generarán contenidos digitales para PROMPERÚ y Marca Perú, se ejercerá la vocería institucional ante medios japoneses e internacionales, para la realización de acciones de promoción conjunta con otros países y organizaciones participantes y se impulsarán acciones de promoción y presencia en redes sociales para fortalecer la proyección de la imagen país en el mercado asiático; Que, asimismo, del 7 al 9 de agosto de 2025, se realizará la Misión Comercial Expo Perú Osaka, que consiste en una exhibición comercial, para promover productos de los sectores de Agronegocios y Vestimenta y decoración; además se coordinarán las acciones para la organización del Día Nacional del Perú, con ruedas de negocio en los sectores de turismo, exportaciones e inversiones empresariales, además de consolidar vínculos estratégicos con grupos de interés nacionales e internacionales, maximizando las oportunidades diplomáticas, comerciales y de cooperación que ofrece la Expo 2025 Osaka-Kansai; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Daniel Ricardo Cavero Gamarra, Coordinador del Departamento de Marca País (e) y Comisionado del Perú para la Expo 2025 Osaka-Kansai, y de la señora Yesenia Infantes Marcelo, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que, en representación de la Entidad, realicen las acciones de promoción antes mencionadas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019- PROMPERU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Osaka, Japón, del señor Daniel Ricardo Cavero Gamarra, Coordinador del Departamento de Marca País (e) y Comisionado del Perú para la Expo 2025 Osaka-Kansai, del 4 al 12 de agosto de 2025 y de la señora Yesenia Infantes Marcelo, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, del 4 al 10 de agosto de 2025, para que en representación de PROMPERÚ realicen las acciones y coordinaciones, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos US$ x díaTotal Viáticos US$ Daniel Ricardo Cavero Gamarra3 520,28 Asia500,00 x 7 3 500,00 Yesenia Infantes Marcelo 4 541,13 500,00 x 5 2 500,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial, presenta al Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante las reuniones a las que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2424328-1