TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Sábado 2 de agosto de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30458 , Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, mediante el numeral 4.5 del citado artículo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una Comisión Multisectorial; Que, el primer párrafo del literal a) del numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se han asignado, hasta la suma de S/ 347 168 191,00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y/o inducidos por la acción humana, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES, y que se ejecutan en el Año Fiscal 2025, conforme a lo establecido en el numeral 4.5 del artículo 4 de la Ley N° 30458; en el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto en el Año Fiscal 2017; en el Decreto Supremo N° 132-2017-EF; y, en el Decreto Supremo N° 095-2024-EF. Adicionalmente, los recursos previstos en el citado literal fi nancian las intervenciones priorizadas en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 095-2024-EF; Que, el numeral 58.2 del artículo 58 de la Ley N° 32185, precisa que los recursos a los que se re fi ere el literal a) del numeral 58.1 en mención, se trans fi eren a través de modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa, a solicitud del INDECI; Que, mediante los O fi cios N° 000175-2025-INDECI/ JEF y N° 001723-2025-INDECI-GG, el INDECI solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 471 471,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de dos (2) gobiernos locales, para fi nanciar dos (2) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia, priorizadas en el Acta N° 42 de la Comisión Multisectorial del FONDES y rati fi cadas mediante el Acta N° 45; adjuntando para dicho efecto, el Informe Técnico N° 000090-2025-INDECI/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del INDECI, con los sustentos respectivos; así como, el O fi cio N° 0431-2025- EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0215-2025-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, con la opinión técnica favorable a las mencionadas inversiones; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 471 471,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de dos (2) gobiernos locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; y, en el literal a) del numeral 58.1 y en el numeral 58.2 del artículo 58 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 471 471,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de dos (2) gobiernos locales, para fi nanciar dos (2) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia priorizadas en el Acta N° 42 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES) y rati fi cadas mediante el Acta N° 45 de la citada Comisión, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 58.1 y en el numeral 58.2 del artículo 58 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunesACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y transferencias 2 471 471,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 2 471 471,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no financieros 2 471 471,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 2 471 471,00 ============ 1.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo: “Transferencia de Partidas a favor de dos gobiernos locales”, que forma parte integrante de la presente norma y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada