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37 NORMAS LEGALES Jueves 14 de agosto de 2025 El Peruano / funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como divrigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través de los informes de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación del Subprefecto Provincial de Paita, departamento de Piura; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta presentada por la Dirección de Autoridades Políticas cumple con los requisitos establecidos en el Anexo N° 02 “Formato del per fi l de puestos o cargos bajo régimen del Decreto Legislativo N° 276, 728, 1057 y/o Carreras Especiales” del Manual de Perfi les de Puestos del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 132-2025-IN-SG y no se encuentra impedido para el ejercicio de la función pública; Que, la propuesta efectuada ha seguido con los lineamientos establecidos por la Directiva N° 009-2024-IN- VOI-DGIN “Directiva para la designación, remoción, aceptación de renuncia y encargatura de puesto y funciones de las autoridades políticas a nivel nacional”; Que, al inicio y cese de su gestión, las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520- 2019-IN; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución Ministerial N° 0771-2024-IN del 11 de junio de 2024, que aprueba la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefecto Provincial al siguiente ciudadano: N° NOMBRESAPELLIDO PATERNOAPELLIDO MATERNODNI PROVINCIA DEPART AMENTO 1. MAGNO TUESTA LOPEZ 09394752 PAITA PIURA Artículo 2.- La autoridad política designada deberá formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO LUIS ACCINELLI NOLTE Director General Dirección General de Gobierno Interior 2427372-1JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República Italiana y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 156-2025-JUS Lima, 13 de agosto de 2025VISTO; el Informe N° 136-2025/COE-TPC, del 1 de agosto de 2025, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana WILLIANS ANTONI MICHELL LEÓN JIMÉNEZ formulada por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para ser extraditado de la República Italiana y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de Wendy Karina Jara Flores; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 1 de julio de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana WILLIANS ANTONI MICHELL LEÓN JIMÉNEZ formulada por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para ser procesado por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de Wendy Karina Jara Flores; Que, el literal a) del numeral 46.1. del artículo 46 del Reglamento de la actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas; aprobado por Decreto Supremo N° 015-2025-JUS, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone para la decisión del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N° 136-2025/COE-TPC, del 1 de agosto de 2025, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de feminicidio agravado, en agravio de Wendy Karina Jara Flores; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana suscrito el 24 de noviembre de 1994 y vigente desde el 7 de abril de 2005 y su Protocolo Modi fi catorio vigente desde el 7 de abril de 2005; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 015-2025-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;