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57 NORMAS LEGALES Jueves 28 de agosto de 2025 El Peruano / asegurar la calidad de los bienes y servicios que brindan. (…) 5.3 Asegurar la ejecución de inversiones productivas y sociales, priorizando el enfoque territorial (…)”. Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Agrario y de Riego 2024 -2030, aprobado por Resolución Ministerial N° 0065-2024-MIDAGRI de fecha 01 de abril de 2024 señala: «(…) el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) formulado para el periodo 2024-2030 del Sector Agrario y de Riego, presenta la estrategia del sector para el logro de los Objetivos Nacionales (ON) plasmados en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050; principalmente al ON2: “Gestionar el territorio de manera sostenible a fi n de prevenir y reducir los riesgos y amenazas que afectan a las personas y sus medios de vida, con el uso intensivo del conocimiento y las comunicaciones, reconociendo la diversidad geográ fi ca y cultural, en un contexto de cambio climático”, y al ON3: “Elevar los niveles de competitividad y productividad con empleo decente y en base al aprovechamiento sostenible de los recursos, el capital humano, el uso intensivo de la ciencia y tecnología, y la transformación digital del país”; asimismo también para la consecución de los Objetivos Prioritarios (OP) de la Política Nacional de Agraria (PNA) al 2030, con énfasis al mencionados a continuación: “OP1. Incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor”, “OP2. Reducir la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia (PAFS), y al “OP3. Mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible”. En contribución a tales objetivos de alcance nacional, el PESEM 2024-2030 del Sector Agrario y de Riego establece los siguientes Objetivos Estratégicos Sectoriales (OES): 1. Mejorar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el sector agrario. 2. Incrementar la resiliencia y mitigación al cambio climático en el Sector Agrario. 3. Elevar la productividad de los sistemas productivos agrarios. 4. Incrementar el acceso al mercado de productos agrarios». Que, sobre el caso en concreto, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Agricultura, mediante opinión Legal N° 40-2024-GRSM/DRASAM/OAJ de fecha 11 de diciembre de 2024, señala que: “(…) 3.15. Asimismo, del expediente se observa que se cumplió con el Proceso de Formulación de la ARA, con la Estructura de la ARA, con el Proceso de Aprobación de la ARA conforme a lo estipulado en la Resolución Ministerial N° 0461-2022-MIDAGRI, Aprueban los Lineamientos de Alcance Sectorial LI N° 01-2022-MIDAGRI/DGGT-DAII LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE FORMULACIÓN SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA AGENDA REGIONAL AGRARIA VERSIÓN 01. Y además se ha cumplido con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 206-2021-MIDAGRI, que modi fi ca los reglamentos de los Comités de Gestión Regionales Agrarios, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0211-2017- MINAGRI”; por lo que en el numeral 4, emite la siguiente opinión: “Por lo expuesto, esta O fi cina de Asesoría Legal: OPINA, que el expediente presentado por el CEGRA que pretende la aprobación de la Agenda Regional Agraria (ARA) San Martin, cumple con los Lineamientos establecidos para su aprobación debiéndose por tanto proceder a su elaboración y aprobación conforme lo establece el Lineamiento N° 01-2022- MIDAGRI/DGGT-DAII versión 01”. Que en el Informe Técnico N° 01-2025-GRSM/ DRASAM/OPyEA de fecha 20 de enero de 2025, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Estadística Agraria de la Dirección Regional de Agricultura se indicó en el numeral VI: “La Agenda Regional Agraria (ARA) considera el re fl ejo de los acuerdo y compromisos estratégicos establecido en el Comité de Gestión Regional Agrario(CGRA), mediante proceso participativo, articulado y concertado, con enfoque territorial, como instrumento de gestión e insumo para el planeamiento territorial e institucional, así mismo, deberán implementar actividades e inversiones según su programación de cada entidades miembro del Comité de Gestión Regional Agrario(CGRA) que lo conforman, por lo que no demandará de presupuestos adicionales; sin embargo, las actividades que puedan involucrar un presupuesto adicional de ser necesario, se realizarán de acuerdo al presupuesto disponible de cada entidad por cada ejercicio presupuestal, previa gestión y coordinación de sus miembros para los procesos administrativos correspondientes”; en ese sentido, concluyó: “• La Agenda Regional Agraria - ARA San Martin, se elaboró alineado a los lineamientos para el proceso de formulación, seguimiento, y evaluación de la Agenda Regional Agraria del MINAGRI, y articulado a la Política General de Gobierno y a la Política Nacional Agraria vigente. • La Agenda Regional Agraria - ARA San Martín asegura las prioridades agropecuarias y forestales del departamento para su inclusión en los instrumentos de planeamiento estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y gestión de inversiones en el territorio. • La Agenda Regional Agraria (ARA), cuenta con los aportes de las entidades que conforman el sector, con enfoque territorial, que encamina la gestión en el desarrollo agrario en San Martín. • La O fi cina de Planeamiento y Estadística Agraria, órgano de asesoramiento de la Dirección Regional de Agricultura, ha organizado todo el expediente de los aportes del ARA, para su gestión, evaluación y aprobación en el Gobierno Regional”; además, recomendó: “Se recomienda elevar el presente informe a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del GORESAM para su validación de la información el ARA, luego realizar su gestión al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional”. Que, en el Informe N° 003-2025-GRSM/GRDE-EPM, de fecha 21 de marzo de 2025, sobre la propuesta de la Agenda Regional Agraria (En adelante, ARA) precisa: “4.2.2 (…), el Comité de Gestión Regional Agrario - CGRA elaboró la propuesta ARA San Martín, la cual es el resultado de un proceso participativo, concertado, con enfoque territorial y, como tal, diseña y gestiona resultados. Como instrumento de gestión es de mediano plazo y, si bien los lineamientos para su formulación establecen que su horizonte es de cinco (5) años, se ha visto por conveniente alinearlo al Plan de Desarrollo Regional Concertado (…)”. Asimismo, en el subnumeral 4.3.1 señala: “De acuerdo al LI N° 01-2022-MIDAGRI/DGGT-DAII, lineamientos para el proceso de formulación, seguimiento, y evaluación de la Agenda Regional Agraria, establece en su sección IX, la estructura, contenido, y anexos para el desarrollo de la ARA. (…) En atención a la estructura establecida en el presente lineamiento, se ha procedido a la revisión correspondiente, evidenciándose que la Agenda Regional Agraria - ARA San Martín elaborada por el CGRA, responde a dicha estructura, determinándose el alineamiento con el presente lineamiento”; seguidamente en el subnumeral 4.3.2, en relación al ARA, se desarrolló los siguientes ejes: 1) Eje 3: Protección social para el desarrollo. 2) Eje 4: Reactivación económica. 3) Eje 5: Impulso al desarrollo de los departamentos. Que, en tal sentido, el profesional de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, concluye en su el Informe N° 003-2025- GRSM/GRDE-EPM, indicado en el párrafo anterior, lo siguiente: “•La Agenda Regional Agraria - ARA San Martín, se encuentra alineado a los lineamientos para el proceso de formulación, seguimiento, y evaluación de la Agenda Regional Agraria del MINAGRI, y articulado a la Política General de Gobierno y a la Política Nacional Agraria vigente. •La Agenda Regional Agraria - ARA San Martín asegura las prioridades agropecuarias y forestales del departamento para su inclusión en los instrumentos de planeamiento estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y gestión de inversiones en el territorio. •Considerando el Informe Técnico N° 001-2025- GRSM/DRASAM/OPYEA, mediante el cual la O fi cina de Planeamiento y Estadística Agraria de la Dirección Regional de Agricultura, presenta el sustento técnico para la aprobación de la Agenda Regional Agraria - ARA San Martín, así como, el acta de Sesión Ordinaria del Comité de Gestión Regional Agraria - CGRA de San Martín de fecha 06 de noviembre del 2024, en la cual acuerdan su validación y aprobación de la Agenda Regional Agraria - ARA San Martín, se emite el presente informe con OPINIÓN FAVORABLE para su aprobación mediante Ordenanza Regional, previo visto bueno de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto”; recomendando así: “Se recomienda derivar el presente informe a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto a fi n de solicitar su opinión técnica, con respecto a la propuesta Agenda Regional Agraria - ARA, elaborada por el Comité de Gestión Regional Agraria -