Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 7 de diciembre de 2025 El Peruano / Ofi cial El Peruano y vigente desde el 11 de agosto del mismo año, desarrolla por primera vez el marco normativo que permite el fortalecimiento organizacional, fomento y promoción de las cooperativas agrarias de usuarios y de sus organismos de integración, diseñando a su vez un régimen tributario especial que responde a su naturaleza y al tipo de actos que desarrollan con sus socios; Que, conforme al artículo 18 de la citada Ley, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), se constituye en el sector encargado de la promoción, fomento, asistencia técnica, supervisión y gestión del sistema de información de las cooperativas agrarias a nivel nacional; Que, en ese contexto, mediante el Memorando N° 0846-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS, la DGASFS remite al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego (DVDAFIR), el Informe N° 0128-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DADE/ERMG, a través del cual la Dirección de Asociatividad y Desarrollo Empresarial (DADE) recomienda declarar el 11 de agosto de cada año como el “Día Nacional de las Cooperativas Agrarias”, en reconocimiento a la importancia del modelo cooperativo como herramienta de transformación productiva, inclusión económica y motor de desarrollo territorial en el agro peruano, destacando que dicha fecha conmemora la entrada en vigencia de la Ley Nº 31335, que marcó el inicio de una nueva etapa en la política nacional agraria al establecer un marco jurídico especializado para las cooperativas agrarias, promoviendo su formalización, acceso a bene fi cios tributarios y participación activa en cadenas de valor, lo cual ha permitido que miles de productores agrarios, mayoritariamente vinculados a la agricultura familiar, se organicen empresarialmente, accedan a mejores precios, reduzcan su dependencia de intermediarios y mejoren sus ingresos, generando impactos concretos en sus economías locales y familiares; Que, asimismo, en el citado Informe, la DADE señala que, conforme a la información reportada por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias y las identi fi cadas por la DADE, debido al impulso generado por la Ley N° 31335, el número de organizaciones cooperativas agrarias ha alcanzado las 1,318, lo que representa un crecimiento muy superior al 300 % en comparación con el reportado en el Censo Nacional de Cooperativas de 2017, lo cual re fl eja un cambio estructural en el sector, marcado por procesos de formalización, expansión y consolidación del modelo cooperativo agrario en el país; sin embargo, este avance también plantea desafíos importantes relacionados con el fortalecimiento institucional, la integración cooperativa, el desarrollo de capacidades de gestión, el acceso sostenido a mercados locales, nacionales e internacionales, así como la provisión adecuada de servicios técnicos y fi nancieros, todos ellos elementos fundamentales para asegurar la sostenibilidad y competitividad del cooperativismo agrario en el mediano y largo plazo; Que, en esa línea, la DADE concluye que la declaratoria del Día Nacional de las Cooperativas Agrarias permitirá visibilizar y consolidar al sector cooperativo agrario como un actor estratégico del sistema agroalimentario nacional, fortaleciendo su identidad, promoviendo la articulación entre el sector público, la sociedad civil y el sector privado, y posicionando en la agenda pública al modelo cooperativo agrario como una alternativa empresarial efi ciente, democrática y solidaria que contribuye al bienestar de los productores y al fortalecimiento de sus organizaciones; así también, re fi ere que, esta declaratoria generará una plataforma para valorar y promover la oferta productiva de la agricultura familiar organizada empresarialmente, facilitando su acceso a mercados locales, nacionales e internacionales, destacando buenas prácticas y renovando compromisos del Sector Agrario y de Riego, a nivel nacional, regional y local, de la cooperación internacional y del propio movimiento cooperativo, orientados a la construcción de un agro más inclusivo, competitivo y sostenible; Que, el literal c) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, prescribe que es función del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, entre otras, el refrendar y emitir los dispositivos legales que la legislación establezca y toda norma de carácter general del Sector; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros; y del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021- MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración del Día Nacional de las Cooperativas Agrarias Declarar el 11 de agosto de cada año como el “Día Nacional de las Cooperativas Agrarias”, por los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Acciones de apoyo y promoción Se dispone priorizar, en el Sector Agrario y de Riego, las actividades orientadas a promover la articulación entre el sector público, la sociedad civil y el sector privado, posicionando en la agenda pública al modelo cooperativo agrario como una alternativa empresarial e fi ciente, democrática y solidaria que contribuya al bienestar de los productores y al fortalecimiento de sus organizaciones. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VLADIMIR GERMÁN CUNO SALCEDO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2466469-1 Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a la República del Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0498-2025- MIDAGRI Lima, 6 de diciembre de 2025VISTOS: El OF. RE (MIN) N° 2-9/24 del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Memorando Nº 02805-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe N° 00785-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe N° 01733-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (MIN) N° 2-9/24, el Ministerio de Relaciones Exteriores, extiende una invitación al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego para integrar la delegación presidencial que participará en el Encuentro Presidencial y XVI Gabinete Binacional Perú – Ecuador, a realizarse el 12 de diciembre de 2025, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, según lo acordado entre los mandatarios de ambos países;