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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 7 de diciembre de 2025 El Peruano / Con los vistos de la Dirección General de Formalización Minera, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial Prorrogar por ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del 10 de diciembre de 2025, la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de elaborar propuestas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), con la fi nalidad de viabilizar su interoperabilidad y facilitar el intercambio de información entre todas las entidades involucradas, creado mediante Resolución Ministerial Nº 198-2025-MINEM/DM. Artículo 2.- Modi fi car el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINEM/DM, en los siguientes términos: “2.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por: a) El/la Viceministro/a de Minas, o su representante, quien lo preside. b) El/la Director/a General de Formalización Minera, o su representante. c) El/la Director/a General de Asuntos Ambientales Mineros, o su representante. d) El/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información del Ministerio de Energía y Minas, o su representante. e) Un/a representante de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM. f) Un/a representante del Ministerio del Ambiente – MINAM. g) Un/a representante del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET. h) Un/a representante de la Policía Nacional del Perú - PNP. i) Un/a representante de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC. j) Un/a representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. k) Un/a representante de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF. l) Un/a representante del RENIEC. Artículo 3.- Designación de representante de RENIEC La entidad deberá designar a su representante, comunicando dicha designación de manera escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ Ministro de Energía y Minas 2466491-1INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a la República de Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 2197-2025-IN Lima, 5 de diciembre de 2025 VISTOS, el O fi cio N° 1913-2025-COMOPPOL/ DIRASINT PNP-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 003399-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta N° SUCOI-GURAI-5.2, de fecha 5 de diciembre de 2025, la O fi cina de Relaciones y Cooperación Internacional de la Policía Nacional de Colombia se dirige a la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de informar que en relación al O fi cio N° 1896-2025-COMOPPOL-DIRASINT/DIVABI, se cursa invitación al personal policial para participar del “Seminario de Per fi lación Criminal” y del “Seminario de Evidencia Digital”, a realizarse del 9 al 13 de diciembre de 2025, en la ciudad de Bogotá de la República de Colombia; Que, con Informe N° 418-2025-DIRNIC-PNP/ DIRINCRI-SEC-UNIPLEDU.AE, la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, en la misión de estudios referida precedentemente; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 435-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 8 al 14 de diciembre de 2025, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia; precisando que la participación del personal policial resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá acceder a herramientas actualizadas de perfi lación criminal, contribuyendo a optimizar los procesos de investigación, mejorar la toma de decisiones tácticas y fortalecer la construcción de hipótesis criminológicas con sustento técnico; asimismo, al obtener formación en gestión y análisis de evidencia digital será fundamental en el actual contexto de transformación tecnológica, donde gran parte de la actividad criminal se desarrolla o deja rastros en entornos digitales; Que, la participación del mencionado personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000004543; y la Hoja de Estudio y Opinión N° 435-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)” ; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por