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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de diciembre de 2025 El Peruano / gestión del PNAECWM, en concordancia con las políticas y lineamientos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, en el marco de la normativa vigente; Que, el literal g) del artículo 12 del referido MOP, señala como una función de la Dirección Ejecutiva liderar, conducir y supervisar los Sistemas de Gestión del Programa, conforme con las políticas y lineamientos establecidos por el MIDIS; mientras que, el literal l) indica que puede delegar aquellas facultades y atribuciones que no sean inherentes a sus funciones o que no tengan carácter indelegable según normativa vigente; Que, conforme a la normatividad citada precedentemente, la Dirección Ejecutiva puede delegar facultades mediante Resolución, salvo aquellas atribuciones que le sean esenciales a su calidad de Titular del PNAECWM, con la fi nalidad de garantizar la oportunidad y e fi ciencia de los distintos procedimientos a cargo de la entidad; Que, a través de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 se dispuso en su Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final, facultar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para incorporar en sus Programas Nacionales a los servidores bajo el régimen laboral CAS del PNAECWM, cuya extinción se encuentra prevista por el Decreto Supremo N° 006-2025-MIDIS, exceptuándolos de los alcances del literal b) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1057; en función a los criterios que se establezcan mediante Resolución Ministerial, la cual debe ser aprobada en un plazo no mayor a veinte (20) días calendario contados a partir de la publicación de la Ley N° 32513; Que, mediante la Resolución Ministerial N° D000346-2025-MIDIS, se aprueban los criterios para la incorporación de personal CAS del PNAECWM a los Programas Nacional del MIDIS, siendo que, el literal c) del numeral 4.3 dispone lo siguiente: “c) La URH PNAECWM realiza las gestiones vinculadas a la continuidad laboral del personal comprendido en el proceso, conforme a las disposiciones de los presentes Criterios. Este procedimiento concluye con la suscripción de la adenda de cesión de posición contractual, la cual debe ser fi rmada por las partes antes de la extinción del Programa señalada en el Decreto Supremo N° 006-2025-MIDIS. Asimismo, registra la fecha de corte y el cierre administrativo del traslado en el expediente del servidor”. Que, mediante el Informe N° D000404-2025-MIDIS/ WM-URH la Unidad de Recursos Humanos remite a la Dirección Ejecutiva una propuesta de delegación de facultad, para la suscripción de adendas de cesión de posición contractual de contratos administrativos de servicios (CAS), a fi n de dar cumplimiento a la Resolución Ministerial N° D000346-2025-MIDIS; Que, ante ello, la Unidad de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° D000953-2025-MIDIS/WM-UAJ, señala que la solicitud efectuada por la Unidad de Recursos Humanos se encuentra enmarcada dentro de los literales g) y l) del artículo 12 del Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° D000015-2025-MIDIS, concordante con los artículos 76 y 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; por lo que, es legalmente viable; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS modi fi cado por el Decreto Supremo N° 010-2024-MIDIS, la Resolución Ministerial N° D000015-2025-MIDIS y la Resolución Ministerial N° D000295-2025-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultad al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos Delegar en el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, la facultad de suscribir adendas de cesión de posición contractual a los contratos administrativos de servicios, en el presente año 2025. Artículo 2.- Informe sobre las actuaciones realizadas La Unidad de Recursos Humanos informará sobre la delegación de facultades a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna de la siguiente manera: 2.1 El Jefe de la Unidad de Recursos Humanos informará por escrito a la Dirección Ejecutiva, respecto de los trámites y gestiones derivadas de la delegación de facultad a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución. 2.2 El informe señalado debe ser remitido a la Dirección Ejecutiva, dentro de la vigencia del PNAECWM, considerando que, mediante Decreto Supremo N° 006-2025 - MIDIS, el Programa se encuentra en proceso de extinción, por lo que, cesará funciones como máximo al 31 de diciembre de 2025 Artículo 3- Conocimiento Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, a través de medios electrónicos. Artículo 4- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, se dispone publicar la presente Resolución de Dirección Ejecutiva y su Anexo en el Portal Web Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna (www.gob.pe/wasimikuna), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. SCARLET ESMERALDA DIAZ CACERES Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación EscolarComunitaria Wasi Mikuna 2471419-1 Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. Su principal objetivo, para habilitar el mandato Constitucional, es editar el Diario O fi cial El Peruano y darle publicidad a los dispositivos aprobados por las instituciones públicas y sus correspondientes autoridades. Editora Perú no es, por tanto, responsable por los contenidos de las publicaciones o fi ciales remitidas por las entidades del Estado. 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