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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (28/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Domingo 28 de diciembre de 2025 El Peruano / VISTOS: El Informe N° 000069-2025-OTASS-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 001730-2025-OTASS-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Legal N° 000454-2025-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 000416-2025-OTASS- GG de la Gerencia General y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modi fi catorias, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario. Es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores; Que, conforme con lo establecido en el literal k) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE, la Presidencia Ejecutiva tiene, entre otras, la función de aprobar el Plan Estratégico y Operativo Institucional, el Presupuesto Institucional Anual y los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, dispone que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del SINAPLAN; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, actualizada con Resolución de Presidencia Consejo Directivo N° 055-2024-CEPLAN/PCD, establece pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en adelante la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el numeral 2.2 Elaboración y Aprobación del POI, del Capítulo 3 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, el numeral 2.2 Elaboración y Aprobación del POI de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone entre otros, que el POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000019-2025-OTASS-PE, se conforma el Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del OTASS, en adelante el Grupo de Trabajo GTPE, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000034-2025-OTASS-PE, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2026-2028 y por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00077-2025-OTASS-PE, se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2025-2030 Actualizado del OTASS; Que, mediante Ley N° 32513, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000107-2025-OTASS-PE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Que, mediante Acta N° 005-2025-OTASS/GTPE, de fecha 22 de diciembre de 2025, el Grupo de Trabajo GTPE procede a validar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 del OTASS; Que, a través del Memorando N° 001730- 2025-OTASS-OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe N° 000069-2025-OTASS-UPM, de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sustentando la formulación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 del OTASS, validado por el Grupo de Trabajo GTPE; Que, mediante Informe Legal N° 000454-2025-OTASS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica en base a lo informado por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, concluye que resulta legalmente viable la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2026, conforme a la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, con Informe N° 000416-2025-OTASS-GG, la Gerencia General, contando con las opiniones de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como de la O fi cina de Asesoría Jurídica y efectuada la revisión de la documentación que conforma el expediente administrativo y sustenta el proyecto de acto resolutivo, lo encuentra conforme; Con el visado de la Unidad de Planeamiento y Modernización, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 055-2024-CEPLAN/PCD, el Decreto Legislativo N° 1280 que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, cuyo Texto Único Ordenando es aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, el literal k) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS”, el mismo que se anexa a la presente resolución. Artículo 2.- Seguimiento y Evaluación Disponer que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización efectúe el seguimiento y evaluación del “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente