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8 NORMAS LEGALES Domingo 28 de diciembre de 2025 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de setiembre y octubre de 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 612-2025-GR DREM-APURIMAC Abancay, 1 de diciembre del 2025 VISTO: El Informe Nº 0400-2025-GR-DREM-APURIMAC/ SDM-ACM/AJ-CRCS, de fecha 01 de diciembre del 2025, emitido por el Área de Concesiones Mineras de la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac, sobre los títulos de concesiones mineras otorgados en el mes de setiembre y octubre de 2025; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece se publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, el Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremos Nº 020-2020-EM, en su artículo 19º, numeral n) señala que son funciones del Gobierno Regional, publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior; Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020- EM, Reglamento de Procedimientos Mineros; establece que para efectos de lo dispuesto en el artículo 124º de la Ley General de Minería, la autoridad competente, dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 19º y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, que aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2011-GR-APURIMAC/CR, modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 001-2018-GR-APURIMAC/ CR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de setiembre y octubre, por esta Dirección Regional de Energía y Minas, de acuerdo al anexo adjunto que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac (www.dremapurimac.gob.pe). Regístrese, publíquese y comuníquese.JOSE RAÚL FARFÁN PORTUGAL Director RegionalDirección Regional de Energía y MinasANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 612-2025- GR-DREM-APURIMAC, DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2025, QUE APRUEBA LA RELACIÓN DE CONCESIONES MINERAS OTORGADAS POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE APURÍMAC, EMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 014-92-EM. NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN, B) CÓDIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM WGS 84 DE LOS VÉRTICES (EXPRESADO EN MILES), G) DERECHOS MINEROS A RESPETAR, NOMBRE Y CÓDIGO; 1A) DSB MINAS I B) 53-00071-24, C) DARIO MILARIO SANCHEZ BARAUNA, D) R.D. Nº 546-2025-GR-DREM- APURIMAC, 09/10/2025, E) 18 F) V1: N8 462 E747, V2: N8 461 E747, V3: N8 461 E746, V4: N8 462 E746 G) No tiene derechos mineros por respetar; 2A) VALIENTES B) 53-00067-24 C) NATIVIDAD ADRIAN AYALA CARBAJAL Y CANDELARIA ACHULLI HERRERA D) R.D. Nº 513-2025-GR-DREM-APURIMAC, 15/09/2025 E) 18 F) V1: N8 468 E744, V2: N8 466 E744, V3: N8 466 E742, V4: N8 465 E742, V5: N8 465 E741, V6: N8 467 E741, V7: N8 467 E743, V8: N8 468 E743 G) MATARA HB 010052616; 3A) FAF MINAS II B) 53-00095-24 C) FELICITAS ARANA FERRO D) R.D. Nº 531-2025-GR-DREM-APURIMAC, 30/09/2025 E) 18 F) V1: N8 494 E779, V2: N8 491 E779, V3: N8 491 E778, V4: N8 494 E778 G) No tiene derechos mineros por respetar; 4A) FAIJO MINERAS I B) 53-00118- 24 C) G&R FAIJO S.A.C. D) R.D. Nº 528-2025-GR-DREM-APURIMAC, 30/09/2025 E) 18 F) V1: N8 471 E647, V2: N8 470 E647, V3: N8 470 E645, V4: N8 471 E645 G) No tiene derechos mineros por respetar; 5A) COMUNIDAD SAN ANTONIO MATIBAMBA B) 53-00108-24 C) WILBER BELIZARIO HUAMAN TORRES Y CAROLINA CCOPA CHALLCO D) R.D. Nº 543-2025-GR-DREM- APURIMAC, 07/10/2025 E) 18 F) V1: N8 492 E778, V2: N8 491 E778, V3: N8 491 E773, V4:N8 492 E773 G) No tiene derechos mineros por respetar. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSE RAÚL FARFÁN PORTUGAL Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas 2470702-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Dirección Regional de Salud Tacna, del Hospital Hipólito Unanue de Tacna y de la Red de Salud de Tacna GOBIERNO REGIONAL TACNA CONSEJO REGIONAL LEY Nº 27867 ORDENANZA REGIONAL Nº 035-2025-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco, en sesión extraordinaria, aprobó la siguiente ordenanza regional;