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5 NORMAS LEGALES Jueves 2 de enero de 2025 El Peruano / En materia del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público Seleccionar y suscribir la documentación concerniente al procedimiento para la contratación de consultores que requiera su despacho, a través del FAG, tales como Términos de Referencia del Servicio y toda aquella señalada en la Directiva Nº 003-2024-EF/43.01 denominada Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, emitida en el marco del Decreto Ley Nº 25650, aprobada con Resolución Ministerial Nº 397-2024-EF/43, en el marco de sus competencias, siendo responsable de veri fi car y suscribir las conformidades del servicio respectivo. En materia de Obras por Impuestosa) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección de los procedimientos de selección a ser convocados, así como modi fi car su composición. b) Aprobar Directivas, Manuales y/o Lineamientos y sus modi fi catorias, referidos a Asociación Público Privada, proyectos en activos y obras por impuestos, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4.- Delegación de facultades en los/ las Directores/as Ejecutivos/as de los Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras Delegar en los/las Directores/as Ejecutivos/as de los Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Entidad a su cargo que se mencionan a continuación: - Proyecto Especial Jequetepeque Zaña - Unidad Ejecutora 015. - Proyecto Especial Sierra Centro Sur - Unidad Ejecutora 016. - Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua - Unidad Ejecutora 019. - Proyecto Especial Alto Huallaga - Unidad Ejecutora 020. - Proyecto Especial Pichis Palcazú - Unidad Ejecutora 021. - Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - PROVRAEM - Unidad Ejecutora 022. - Proyecto Especial Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui - PEDAMAALC - Unidad Ejecutora 034. - Gestión de Proyectos Sectoriales - Unidad Ejecutora 035. - Fondo Sierra Azul - Unidad Ejecutora 036. En materia de Gestión de InversionesAutorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas. Artículo 5.- Delegación de facultades en los/las Directores/as Ejecutivos/as de los Programas Delegar en los/las Directores/as Ejecutivos/as de los Programas, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Programa a su cargo, que se mencionan a continuación: - Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) - Unidad Ejecutora 006. - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL) - Unidad Ejecutora 011. - Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS) - Unidad Ejecutora 012. - Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes - Unidad Ejecutora 014. - Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - Unidad Ejecutora 017. - Proyecto Especial Binacional Río Putumayo - Unidad Ejecutora 018.Artículo 6.- Delegación de facultades a las Unidades Ejecutoras para el manejo de fondos públicos en la modalidad de encargos Delegar en los/las titulares de los Programas y Proyectos Especiales, y demás Unidades Ejecutoras que no constituyan Pliego, la facultad del manejo de fondos públicos en la modalidad de encargos. Artículo 7.- Delegación de facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL y en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI Delegar en los/las Directores/as Ejecutivos/as del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL y del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, las siguientes facultades: En materia de Adquisición de Inmuebles para la ejecución de Obras de Infraestructura a) Realizar las gestiones y suscribir los instrumentos de transferencia, documentos, comunicaciones y acuerdos relativos al procedimiento del trato directo conforme a lo establecido en los artículos 20 y 21 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, de acuerdo a sus competencias. b) Realizar las gestiones conducentes a la Inscripción registral de los actos de adquisición conforme a lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, de acuerdo a sus competencias. c) Solicitar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la transferencia de inmuebles de propiedad del Estado u otorgamiento de otros derechos reales, conforme al procedimiento desarrollado en el título VI del Texto Único Ordenado del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192 y en mérito a ello gestionar y suscribir todo tipo de comunicación y/o documentación correspondiente al trámite del procedimiento, de acuerdo a sus competencias. En materia de Obras por Impuestos respecto a los proyectos priorizados que estén a su cargo a) Aprobar las bases de los procedimientos de selección de la empresa privada y de la entidad privada supervisora. b) Cancelar los procedimientos de selección de la empresa privada y de la entidad privada supervisora. c) Autorizar y aprobar la inclusión del nuevo monto de inversión registrado en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en fecha posterior a su declaratoria de viabilidad y priorización, en el Monto Total de Inversión Referencial en la convocatoria y en las Bases del proceso de selección. d) Autorizar la elaboración y aprobar el documento de trabajo elaborado por la empresa privada y las modi fi caciones al expediente técnico resultantes. e) Autorizar a la empresa privada que inicie las actividades previstas en el documento de trabajo aprobado. f) Aprobar el gasto a ser reembolsado por la elaboración de los estudios requeridos en el documento de trabajo, previamente acreditados de manera razonable por la empresa privada. g) Autorizar la elaboración de un nivel de estudio mayor con el cual se otorgó la viabilidad del proyecto, a consecuencia de las variaciones del proyecto durante la fase de ejecución. h) Aprobar las modi fi caciones a los expedientes técnicos y/ estudios de preinversión resultantes de hechos sobrevivientes al consentimiento de los Convenios. i) Autorizar, aprobar o denegar las solicitudes por mayores/menores trabajos de obra. j) Evaluar, autorizar y aprobar el expediente técnico de mayores trabajos de obra. k) Resolver sobre las solicitudes de ampliación del plazo. l) Aprobar las solicitudes de sustitución del ejecutor del proyecto o de los profesionales y/o especialistas, a