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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2025 (02/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 2 de enero de 2025 El Peruano / de negociación colectiva; lo que excluye el ejercicio de las competencias exclusivas de la Procuraduría Pública, contemplado en el Decreto Legislativo Nº1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS. b) Conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, y conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE del MIDAGRI. c) Autorizar las acciones de personal, respecto a los encargos, suplencias, así como a las designaciones temporales en lo que corresponda, hasta el nivel F-4. d) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, suplencia, ascensos, promoción, reconocimiento de remuneraciones, bonifi caciones, asignaciones, destaques, suscripción y renovaciones de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, hasta el Nivel F-5; del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. e) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia pensionaria. f) Suscribir en representación del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada; asimismo, los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, o el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE, que ordenen la reposición o reincorporación de servidores o ex servidores, y otras acciones en materia laboral, según corresponda. Asimismo, dicha facultad de representación y de presentación de documentos incluye la actuación en fases previas de los Procedimientos Administrativos ante las citadas autoridades, tales como indagaciones administrativas, órdenes de inspección, requerimientos de presentación de documentos, etc. g) Suscribir los Convenios de modalidades formativas y sus respectivas adendas, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2019-PCM. h) Suscribir Convenios, Contratos u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, celebrados con otras entidades públicas y/o privadas, nacionales y/o internacionales, para actividades vinculadas al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, distintos a los Contratos derivados de los procesos de selección de personal, incluidas sus adendas. Artículo 11.- Delegación de facultades en el/ la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto Delegar, en el/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la facultad de aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 12.- Delegación de facultades en el/la Procurador/a Público/a Aprobar la designación de los árbitros, derivados de los procesos de contrataciones en el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, sus modi fi catorias y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y sus modi fi catorias y el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; así como respecto de los procesos de contrataciones iniciados en el marco del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y sus modi fi catorias, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y sus modi fi catorias. Artículo 13.- Delegación de facultades en el/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Articulación Sectorial Delegar en el/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Articulación Sectorial, las siguientes facultades: En materia de Contrataciones a) Suscribir los términos de referencia para la contratación de consultores que requiera la Unidad Funcional. b) Realizar los requerimientos de bienes y/o servicios para la Unidad Funcional. c) Otorgar y suscribir las actas de conformidades de bienes y/o servicios prestados a la Unidad Funcional. Artículo 14.- Observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se re fi ere la presente Resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 15.- Obligaciones de dar cuenta El/La Viceministro/a de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, el/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, el/la Secretario/a General, unidades ejecutoras, así como los titulares de los órganos y unidades orgánicas a los que se les delega facultades, deben informar, dentro de los cinco primeros días siguientes de concluido el semestre, al Titular de la Entidad, los actos que emitan en virtud de la delegación conferida. Artículo 16.- Plazo de las delegaciones Las delegaciones y atribuciones autorizadas mediante la presente Resolución Ministerial tienen vigencia durante el Año Fiscal 2025. Artículo 17.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial al/la Viceministro/a de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, al/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, al/la Secretario/a General, así como a todos los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2358571-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan personal en el Organismo de Focalización e Información Social RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 006-2024- OFIS-PE Lima, 31 de diciembre de 2024 VISTOS: El O fi cio Nº 00302024-OFIS/PE de la Presidencia Ejecutiva del Organismo de Focalización e Información