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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2025 (14/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Martes 14 de enero de 2025 El Peruano / puesto de Jefe de la O fi cina General de Tecnología de la Información del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGASMinistro del Ambiente 2361606-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan miembros del Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2025- MINCETUR Lima, 13 de enero de 2025 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Decreto Ley Nº 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, dicha entidad es una Institución Pública Descentralizada del Sector Turismo, destinada a la formación, capacitación y perfeccionamiento de los trabajadores de la actividad turística; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, precisa que CENFOTUR es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con facultades para otorgar los grados y títulos a nombre de la nación y otros certi fi cados equivalentes a los emitidos por las escuelas e institutos de educación superior, pudiendo desarrollar modalidades del servicio educativo y enfoques de formación en alianza con instituciones públicas y/o privadas. Asimismo, se encuentra facultado a implementar programas de formación continua, siendo que tales facultades se desarrollan en cumplimiento de su normativa interna, así como de la normativa emitida por el Ministerio de Educación, en lo que fuera aplicable; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2023- MINCETUR, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – ROF del CENFOTUR; y mediante la Resolución Directoral N° 056-2023-CENFOTUR-DN, se aprueba la Sección Segunda del citado ROF; siendo que mediante la Resolución Jefatural N° 001-2023-CENFOTUR, se aprueba el Texto Integrado del ROF del CENFOTUR; Que, el artículo 7 de la Sección Primera del ROF del CENFOTUR establece que el Consejo Directivo es el órgano de gobierno del CENFOTUR y le corresponde aprobar las políticas para la realización de los fi nes y objetivos institucionales, acorde con las Políticas Nacionales del MINCETUR; es, además, tarea del Consejo Directivo velar por el debido desarrollo de los fi nes institucionales. Está integrado por seis (06) miembros, compuesto por: un (01) representante del MINCETUR, quien lo preside; un (01) representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; un (01) representante del sector educación, propuesto por el Ministro/a de Educación; y tres (03) representantes del Sector Privado, designados en mérito a sus cali fi caciones profesionales y reconocida trayectoria en la actividad turística o académica. Los miembros del Consejo Directivo, son designados por un período de dos (2) años renovables, salvo aquellos que se realicen para completar periodos al renovar su composición. La designación de los miembros del Consejo Directivo que representen al MINCETUR y al Sector Privado son designados por Resolución Suprema, refrendada por el Ministro/a de Comercio Exterior y Turismo y la designación del representante del Ministerio de Educación se realiza mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro/a de Educación; Que, el Viceministerio de Turismo, mediante los Memorándum N°s. 1316, 1425 y 1452-2024-MINCETUR/VMT, solicita designar al señor Mario Ernesto Napravnik Pesce, y a las señoras Giannina Elsa Robinson Díaz y Ana Cecilia Rivas Medina, como miembros representantes del sector privado ante el Consejo Directivo de CENFOTUR; Que, en tal sentido es pertinente designar a los representantes del sector privado ante el Consejo Directivo de CENFOTUR; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR); la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y otras disposiciones; y, el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como miembros del Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, en representación del Sector Privado a las siguientes personas: - Señor Mario Ernesto Napravnik Pesce; - Señora Giannina Elsa Robinson Díaz; y,- Señora Ana Cecilia Rivas Medina. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2361611-5 CUL TURA Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú DECRETO SUPREMO Nº 001-2025-MC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Organismos Públicos