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19 NORMAS LEGALES Martes 14 de enero de 2025 El Peruano / Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del OTASS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2025- VIVIENDA Lima, 13 de enero de 2025CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento (en adelante, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento), rige la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento a nivel nacional, en los ámbitos urbano y rural, con la fi nalidad de lograr el servicio universal, garantizando el acceso, la calidad, la equidad y la sostenibilidad del servicio; promoviendo la protección ambiental y la inclusión social, en bene fi cio de la población; Que, mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, se deroga la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, excepto el artículo 3, en virtud del cual se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y con competencia a nivel nacional; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 81 de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el OTASS cuenta con un Consejo Directivo dentro de su estructura orgánica; asimismo, en su artículo 82 establece que el Consejo Directivo del OTASS es el órgano máximo de dicha entidad, siendo responsable de su dirección; está integrado por tres miembros, entre ellos, dos representantes del MVCS, uno de los cuales lo preside, siendo designados mediante resolución suprema refrendada por el/la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por un período de tres años, pudiendo ser ratifi cados por un período adicional; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, la renuncia al cargo de miembro del Consejo Directivo del OTASS constituye causal de vacancia, por lo que la entidad a la que éste representa, propone a su reemplazante hasta completar el período faltante; Que, a través de la Resolución Suprema N° 009-2023-VIVIENDA, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de febrero de 2023, se designa a los representantes del MVCS ante el Consejo Directivo del OTASS y se da inicio al periodo de tres años al que alude el párrafo 82.1 del artículo 82 de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; Que, estando vacante el cargo de un miembro del Consejo Directivo del OTASS en representación del MVCS, resulta necesario designar a su reemplazo por el periodo faltante; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Hugo Enrique Salazar Neira como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), quien lo presidirá hasta completar el período faltante. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2361611-7 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Ratifican designación de presidente del Consejo Regional del Deporte de Madre de Dios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000001-2025 -P/IPD Lima, 8 de enero de 2025VISTOS: El O fi cio Nº 880-2024-GOREMAD/GR del Gobierno Regional de Madre de Dios; el Informe Nº 000203-2024-OCR/IPD, emitido por la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte; el Informe Nº 024-2024- IPD/CEPCRD, emitido por el Comité de Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte; el Proveído Nº 005069-2024-P/IPD de la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte; el Informe Nº 000004-2025-UP-OGA/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Memorando Nº 000026-2025-OGA/IPD de la O fi cina General de Administración; y el Informe Nº000002-2025-OAJ/IPD de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDOS:Que, conforme con el artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modi fi catorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose además en un pliego presupuestal; Que, el numeral 1 del artículo 14 de la Ley N° 28036 establece que los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte (CRDs) son designados por el presidente del IPD, a propuesta del gobernador del Gobierno Regional correspondiente; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 28036, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, dispone que los CRDs renuevan a sus miembros íntegramente cada tres (3) años, pudiendo ser reelegidos o designados para un periodo adicional, para lo cual los Gobiernos Regionales deben presentar una terna de candidatos; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 071-2018- IPD/OCR, denominada “Evaluación de Postulantes, Designación y Vacancia de los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte”, aprobada mediante Resolución de Presidencia N° 038-2018-IPD/P, establece que sesenta (60) días calendario antes de culminar el periodo de designación, el IPD solicitará al Gobierno Regional la rati fi cación del presidente en funciones o, en su defecto, la remisión de una terna de postulantes;