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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2025 (14/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 14 de enero de 2025 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican la R.M. N° 003-2024-MIMP que delegó determinadas facultades y atribuciones en diversos funcionarios y servidores del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 004-2025- MIMP Lima, 10 de enero de 2025 VISTOS, el Proveído N° D000159-2025-MIMP-SG de la Secretaría General; la Nota N° D000007-2025- MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2024- MIMP con Fe de Erratas publicada el 10 de enero de 2024 y modi fi cada por Resolución Ministerial N° 162- 2024-MIMP, se delega en diversos funcionarios/as y servidores/as del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables determinadas facultades y atribuciones asignadas a la Titular de la Entidad, de conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y en consideración a la normativa citada en la referida Resolución Ministerial; Que, el literal c) del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 003-2024-MIMP delega en el/la Titular de la Secretaría General la facultad de “Suscribir la documentación concerniente al proceso para la contratación de consultores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG, tales como términos de referencia, contrato de locación de servicios, adendas y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley N° 25650, así como en la Directiva N° 004-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, aprobada por Resolución Ministerial N° 118-2021-EF/43”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 397-2024- EF/43 se aprueba la Directiva N° 003-2024-EF/43.01 denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, la misma que entró en vigencia el 1 de enero de 2025 y establece las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegación de las funciones correspondientes, en los temas relativos a la contratación de profesionales con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial; derogándose la Directiva N° 004- 2021-EF/43.01 “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, aprobada con Resolución Ministerial N° 118-2021-EF/43; Que, considerando la Directiva antes mencionada y con la fi nalidad de actualizar el marco normativo de la delegación de facultades otorgadas en materia administrativa y de gestión al/a la Titular de la Secretaría General, resulta conveniente modi fi car la Resolución Ministerial N° 003-2024-MIMP; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el literal c) del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 003-2024- MIMP, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 162- 2024-MIMP, de acuerdo a lo siguiente: “Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones al/a la titular de la Secretaría General Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones: (…)1.2 En materia administrativa y de gestión: (…) c) Suscribir la documentación concerniente al proceso para la contratación de locadores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG, tales como, las solicitudes para el registro de contratos, los contratos de locación de servicios, los términos de referencia del servicio, la solicitud para el registro de prorroga y/o renovación de contratos, las adendas, la solicitud para el pago de honorarios, la comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el locador deje de prestar servicios bajo cualquier causa y/o motivo, la comunicación a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al locador de alguna sanción de destitución fi rme o que se haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada, otros documentos relacionados con el FAG; y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley N° 25650, así como en la Directiva N° 003-2024-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, aprobada con Resolución Ministerial N° 397-2024- EF/43. (…)” Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial al/a la funcionario/a a quien ha sido delegado/a las facultades y atribuciones mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2361344-1 PRODUCE Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 044-2025- PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 10 de enero de 2025