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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2025 (17/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2025 El Peruano / entidades del sector público, con las excepciones que la propia norma establece; Que, la Ley N° 30057, tiene por fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia, e fi ciencia y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, conforme al artículo 92 de la Ley N° 30057, concordante con el artículo 94 de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica, que puede estar compuesta por uno o más servidores, los cuales pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, debiendo ser de preferencia abogados y designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, el sub numeral 8.1 del numeral 8 de la Directiva N° 02-2015 SERVIR-GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE, establece que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario; estando a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones en la entidad o especí fi camente para dicho propósito; el Secretario Técnico puede ser un servidor civil que no forme parte de la O fi cina de Recursos Humanos; sin embargo, en el ejercicio de sus funciones reporta a esta; Que, mediante Resolución Secretarial Nº 041-2024-MINEM/SG de fecha 05 de agosto de 2024, se designa a la señora Milagros Irene Cuéllar Joaquín, Asesora I de Alta Dirección de Secretaría General, como Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones; Que, mediante Informe N° 014-2025/MINEM-OGA- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración sustenta la designación de la señora Catherine Angie Romero Ponce, Especialista I Legal para Acceso a la Información de la O fi cina de Administración Documentaria y Archivo Central, como nueva Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones; estimando además dar por concluida, con e fi cacia al 1 de enero de 2025, la designación de la señora Milagros Irene Cuéllar Joaquín, efectuada por Resolución Secretarial Nº 041-2024-MINEM/SG; en mérito de su renuncia formulada con Carta S/N de fecha 12 de diciembre de 2024; Que, con Informe N° 035-2025-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la designación de la señora Catherine Angie Romero Ponce como Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, señala que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, con e fi cacia al 1 de enero de 2025, la designación de la señora Milagros Irene Cuéllar Joaquín como Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, efectuada por Resolución Secretarial Nº 041-2024-MINEM/SG. Artículo 2.- Designar a la señora Catherine Angie Romero Ponce, Especialista I Legal para Acceso a la Información de la O fi cina de Administración Documentaria y Archivo Central, como Secretaria Técnica encargada de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIDEL A. MORENO RODRÍGUEZ Secretario General 2362832-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban la incorporación de Servicios Exclusivos del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2004-JUS DECRETO SUPREMO Nº 001-2025-JUS LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se de fi ne la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y se regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica; Que, asimismo en el literal b) del artículo 15 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se establece que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y se regula conforme a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la correspondiente norma de creación; Que, en el artículo 10 de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, se dispone la creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia, actualmente Sector Justicia y Derechos Humanos y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, en el segundo párrafo del citado artículo, incorporado a través del Decreto Legislativo Nº 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, se establece que