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37 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2025 El Peruano / Acceso a la Información Pública, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental de Acceso a la Información consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; asimismo, establece que corresponde designar a un funcionario en cada entidad pública como Responsable de brindar la información que los usuarios soliciten. Quinto.- Con Resolución Administrativa N°140-2009- CE-PJ del 29 de abril de 2009, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso “rati fi car la designación de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, o a los funcionarios que designen, como Responsables de brindar la información a que se re fi ere la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones, (…)” Sexto.- En tal sentido, el Presidente de Corte tiene la facultad de designar al funcionario que hará entrega de la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, conforme a lo establecido en la citada normatividad, por ende, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente, disponiendo dar por concluida la designación de la abogada MERCEDES VANESSA LOZANO MOREYRA como responsable de brindar la información a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y en su lugar, se designará a la abogada MARGORY ALBERCA RIVERA, Asistente Administrativo II de Presidencia. Asimismo rati fi car como funcionaria adicional responsable de atender las solicitudes de acceso a la información pública en la sede El Chipe a la Abogada MARIA ALEJANDRA GALLO AMAYO, Administradora de los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Piura. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA con efectividad a partir del 06 de enero de 2025, la designación de la abogada MERCEDES VANESSA LOZANO MOREYRA, como responsable de brindar la información a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Articulo Segundo.- DESIGNAR a partir del 10 de enero de 2025 y para el año judicial 2025, a la abogada MARGORY ALBERCA RIVERA, Asistente Administrativo II de Presidencia, en adición a sus funciones, como RESPONSABLE de brindar la información a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Articulo Tercero.- DISPONER que las dependencias jurisdiccionales y administrativas del Distrito Judicial de Piura, presten el apoyo necesario a la abogada MARGORY ALBERCA RIVERA - Responsable, conforme a las disposiciones legales vigentes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Cuarto.- RATIFICAR para el año 2025, como funcionaria responsable adicional de atender las solicitudes de acceso a la información pública en la sede El Chipe a la Abogada MARÍA ALEJANDRA GALLO AMAYO, Administradora de los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Piura, en adición a sus funciones. Artículo Quinto.- PRECISAR que, la funcionaria responsable de atender las solicitudes de acceso a la información pública que no tiene la condición de funcionario/a principal puede gestionar registros auxiliares de las solicitudes de información que tramiten en su ámbito de acción, sin embargo, debe reportar al/a la funcionario/a principal para que, este pueda cumplir con las obligaciones señaladas precedentemente. Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, efectúe las coordinaciones necesarias a través del área correspondiente para que, las servidoras de mesa de partes distingan el ámbito de acción de cada una de las funcionarias responsables de atender las solicitudes de acceso a la información con el objeto de que, deriven adecuadamente las solicitudes de los usuarios. Así también, deberá comunicar a los funcionarios a su cargo el ámbito de acción de las dos funcionarias responsables. Articulo Séptimo.- COMUNÍQUESE a la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerente General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial- Piura, Gerente de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos, Coordinación de Informática, Órgano de Imagen Institucional, Administración de los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Pira e interesados para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DAVID FERNANDO CORREA CASTRO Presidente de la CSJ de Piura 2365059-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Dan por terminada la designación de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Gerencia Regional de Salud Lambayeque RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 060-2025-CG Lima, 28 de enero de 2025VISTOS:La Hoja Informativa N° 000012-2025-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa N° 000008-2025-CG/GRLA, de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque; el Memorando N° 000112-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000084-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000092-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;