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75 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2025 El Peruano / e) Declaración jurada de dos testigos de conocer a los contrayentes y de sus generales de ley, según formato proporcionado por la O fi cina de Estado Civil. f) Declaración jurada del estado civil actual de los contrayentes, según formato proporcionado por la O fi cina de Registro Civil. g) Declaración jurada de domicilio de cada contrayente (uno de los contrayentes debe residir en el distrito), según formato proporcionado por la O fi cina de Registro Civil. h) Certi fi cado Médico Pre nupcial (exámenes serológicos, grupo sanguíneo y constancia de consejería preventiva en ITS, VIH y SIDA) i) Pago por el Derecho de Trámite. Asimismo, si los contrayentes son viudos, divorciados o extranjeros, deberán cumplir con presentar la documentación adicional, según sea el caso. Artículo Cuarto.- EXONERAR a los contrayentes participantes, de la publicación del edicto matrimonial, así como de la tasa correspondiente, siempre que presenten los documentos exigidos en el artículo tercero de la presente ordenanza. Artìculo Quinto.- ESTABLECER como fecha límite para la apertura y presentación de documentos, (02) dos días hábiles antes de la fecha de celebración del acto jurídico. Artículo Sexto.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina de Trámite Documentario, Registro Civil y Archivo, Gerencia de Salud y Desarrollo Humano, Gerencia de Participación Vecinal, O fi cina General de Administración y Finanzas, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la O fi cina General de Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en lo que fuere de su competencia. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HERNAN TOMÁS SIFUENTES BARCA Alcalde 2370582-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA Autorizan viaje de alcalde a la República Argentina para participar en el I Taller Internacional de Intercambio de Experiencias en las Cadenas Productivas de Camélidos Domésticos ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2025-MP C-M/CM Macusani, 23 de enero de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA - MACUSANI: POR CUANTO:EL CONCEJO PROVINCIAL DE CARABAYA:VISTO: La Sesión de Concejo de Carácter Ordinaria de fecha 23 de enero del 2025; Carta Nº 001-SGT-2025, de fecha 09 de enero del 2025; Proveído Nº 003-2025-MPC-M/A, de fecha 09 de enero del 2025; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 27880 y 30305, concordante con los artículos I y II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son órgano de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 9º Inc. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del País que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante Carta Nº 001-SGT-2025, de fecha 09 de enero del 2025, el consorcio Tecnológico conformado por SG Tecnológico, IDEPRA, SACRO GRIDO GRITO SAGRADO entre otras instituciones, que conforman para de la cámara de comercio Industrial argentino, viene organizando el “I Taller Internacional de Intercambio de Experiencias en las Cadenas Productivas de Camélidos Domésticos” que se llevará a cabo del 16 al 21 de febrero del 2025, en el auditorio de IDEPRA – Buenos Aires; Que, en la Sesión de concejo Ordinaria de fecha 23 de enero del 2025, el Presidente del Concejo Municipal de la Provincia de Carabaya, solicita autorización para participar del I Taller Internacional de Intercambio de Experiencias en las Cadenas Productivas de Camélidos Domésticos, que se llevará a cabo del 16 al 21 de febrero del 2025, en el auditorio de IDEPRA – Buenos Aires; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas aplicables, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- APROBAR y AUTORIZAR el viaje al exterior del país a la ciudad de Buenos Aires de la república de Argentina del señor alcalde de la Municipalidad Provincial de Carabaya, Abog. EDMUNDO ALEJANDRINO CACERES GUERRA, para su participación del I Taller Internacional de Intercambio de Experiencias en las Cadenas Productivas de Camélidos Domésticos” que se llevará a cabo del 16 al 21 de febrero del 2025, en el auditorio de IDEPRA – Buenos Aires. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Administración el Cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo 3º.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y O fi cina General de Administración para su conocimiento y cumplimiento. Asimismo, disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Carabaya - Macusani (https://www.gob.pe/municarabaya). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDMUNDO A. CACERES GUERRA Alcalde Provincial 2370333-1