Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (12/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2025 El Peruano / N° 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa El Salvador. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar a la abogada Laura Yoselin Alfaro Huauya como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa El Salvador. Es de precisar que el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo que antecede, tendrán vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que menciona las condiciones resolutorias aplicables a los fi scales provisionales; teniendo en consideración además, que la plaza a ocupar -de carácter permanente- corresponde a la creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 022-2020-MP-FN-JFS, fecha 23 de junio de 2020. Cabe acotar que la abogada Laura Yoselin Alfaro Huauya, se encuentra laborando a plazo indeterminado dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA); por lo que, corresponde disponer se realicen las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Laura Yoselin Alfaro Huauya como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa El Salvador. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtirán efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en el sexto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto la abogada mencionada. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2370621-6 Designan fiscal en la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo y nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 390-2025-MP-FN Lima, 11 de febrero de 2025VISTAS:La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 307-2012-CNM actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 23 de octubre de 2012, las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 2979-2012-MP-FN, 2854-2013-MP-FN, 081-2023-MP-FN, y 1299-2015-MP- FN, de fechas 8 de noviembre de 2012, 17 de septiembre de 2013, 12 de enero de 2023, y 15 de abril de 2015, respectivamente, e informe N° 0004-2025-MP-FN-OREF- ERLF, de fecha 29 de enero de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 307-2012-CNM actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 23 de octubre de 2012, se nombró a la abogada Eneida Aguilar Solórzano, como fi scal provincial de prevención del delito de Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque. Posteriormente, en atención a dicho título fue designada en la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2979-2012-MP- FN, de fecha 8 de noviembre de 2012. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 081-2023-MP-FN, de fecha 12 de enero de 2023, se designó a la referida abogada en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos en el Distrito Fiscal de Huánuco. De otro lado, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2854-2013-MP-FN, de fecha 17 de septiembre de 2013, se nombró a la abogada Candita Ysabel Llempen Quiróz, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1299-2015-MP- FN, de fecha 15 de abril de 2015,quien viene laborando a la fecha, en virtud a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Con el o fi cio N° 002502-2024-MP-FN-CFSPN-FPS- DTC, de fecha 26 de diciembre de 2024, la Coordinadora de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, solicita que la abogada Eneida Aguilar Solórzano retorne a su plaza de origen conforme a su