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15 NORMAS LEGALES Domingo 16 de febrero de 2025 El Peruano / de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 17 al 20 de febrero de 2025, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos por la empresa JETSMART AIRLINES PERU S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deben presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDO DEL 17 AL 20 DE FEBRERO DE 2025 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0080-2025-MTC/12.07 Y Nº 0035-20 25- MTC/12 Y EL MEMORANDO Nº 0180-2025-MTC/12 ÓRDENES DE INSPECCIÓN Nºs.INICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTORES CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 008-2025- MTC/12.0717-Feb 20-FebUS$ 1,110.00JETSMART AIRLINES PERU S.A.C.FRANCISCO ROSA-PÉREZ SÁNCHEZ Buenos AiresRepública ArgentinaInspección técnica por certificación de estación de operaciones (línea internacional) para su aprobación.0013750 y 0013751 009-2025- MTC/12.0717-Feb 20-FebUS$ 1,110.00JETSMART AIRLINES PERU S.A.C.LUIS GUSTAVO SATORNICIO SATORNICIOBuenos AiresRepública ArgentinaInspección técnica por certificación de estación de operaciones (línea internacional) para su aprobación.0013750 y 0013751 2372150-1 Designan Jefe de la Oficina de Administración del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0027-2025-MTC/21 Lima, 10 de febrero de 2025VISTOS: El Memorando Nº 127-2025-MTC/21 de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 36-2025-MTC/21.ORH y el Informe N° 009-2025-MTC/21.ORH-HJMA, ambos de la Ofi cina de Recursos Humanos; y el Informe Nº 092-2025- MTC/21.OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo N° 029-2006-MTC dispuso la fusión por absorción del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, correspondiéndole a este último la calidad de entidad incorporante, resultando de dicha fusión la Unidad Ejecutora denominada Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 098- 2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, se actualiza la cali fi cación; entre otros, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, califi cándolo desde el punto de vista organizacional, como un programa, bajo dependencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin afectar sus funciones, continuidad de sus actividades, identidad organizacional, denominación, ni las obligaciones o derechos que tuviera; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial N° 897-2021-MTC/01.02, establece que PROVÍAS DESCENTRALIZADO tiene por fi nalidad desarrollar actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de inversión para el incremento de la dotación de infraestructura y la mejora de la transitabilidad de la infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural, así como el fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada; Que el artículo 6 del Manual de Operaciones establece la estructura orgánica del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO, considerando como Unidad de Apoyo, entre otros, a la O fi cina de Administración; Que, por otro lado, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que empleado de con fi anza es el que desempeña cargo de con fi anza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, conforme al Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado- de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, aprobado y actualizado por la Resolución Ministerial N° 086-2018-MTC/01.02 y la Resolución Directoral N° 426-2022-MTC/21, respectivamente; así como el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, aprobado, reordenado y