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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2025 (03/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / en la República de Helénica, en su calidad de Jefatura de los Servicios Consulares, remitió a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares el Acta de Entrega de Cargo e Informe de Transferencia de Gestión de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos, suscrito el 27 de mayo de 2025; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante memorándum N° DGC014682025, de 18 de junio de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos, quien fuera reconocida como Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Término de funciones Se da por terminadas las funciones de la señora Gloria Maria Seminario de Hadzopoulos como Cónsul Honoraria del Perú en Atenas, República Helénica, con jurisdicción consular en la referida localidad, con e fi cacia anticipada al 27 de mayo de 2025. Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes Se cancelan las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Agradecimiento Se agradece sus servicios prestados a la Nación. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2415561-9 Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ljubljana, Republica de Eslovenia, con jurisdicción en la República de Eslovenia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 095-2025-RE Lima, 2 de julio de 2025CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, el Estado peruano nombra a los funcionarios consulares honorarios por medio de Resolución Suprema, de acuerdo con las disposiciones citadas en el referido Reglamento. Asimismo, es decisión soberana del Estado peruano nombrar y dar término sin expresión de causa, a los funcionarios consulares honorarios; Que, el artículo 64 del citado Reglamento, establece las causales de término de funciones del funcionario consular honorario, siendo estas: a) La revocación del Exequátur; b) La cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes, c) Cumplir setenta años de edad, salvo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para continuar en el cargo; d) A su solicitud; y, e) Muerte; Que, el artículo 65 del mencionado Reglamento señala que, al término de funciones, el funcionario consular honorario hará entrega de los bienes, archivos y un informe de gestión de la O fi cina Consular a la Jefatura de Servicios Consulares correspondiente o a la O fi cina Consular que ésta designe para la suscripción del acta correspondiente; Que, mediante Resolución Suprema N° 172-2011- RE, de 26 de mayo de 2011, se nombra al señor Peter Ilgo como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ljubljana, Republica de Eslovenia, con jurisdicción en la República de Eslovenia, extendiéndole las Letras Patentes correspondientes; Que, mediante memorándum N° L-VIENA011182024, de 19 de diciembre de 2024, la Embajada del Perú en la República de Austria, concurrente en la República de Eslovenia, informó a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares la renuncia del señor Peter Ilgo como Cónsul Honorario del Perú en Ljubljana, República de Eslovenia, efectiva a partir del 1 de junio de 2025. Que, mediante memorándum N° L-VIENA004372025, de 02 de junio de 2025, la Embajada del Perú en la República de Austria, en su calidad de Jefatura de los Servicios Consulares, remitió a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares el Acta de Entrega de Cargo y el Informe de Gestión del señor Peter Ilgo, ambos suscritos el 01 de junio de 2025; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante memorándum N° DGC014692025, de 18 de junio de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes del señor Peter Ilgo como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ljubljana, Republica de Eslovenia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Término de funciones Se da por terminadas las funciones del señor Peter Ilgo como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ljubljana, Republica de Eslovenia, con jurisdicción en la República de Eslovenia, con e fi cacia anticipada al 01 de junio de 2025. Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes Se cancelan las Letras Patentes correspondientes.