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43 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Resolución N° 000046-2024-DP/SG, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación DESIGNAR, a la señora MARTHA DAYANA MELÉNDEZ MUÑOZ como secretaria de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial, bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. El vínculo de la servidora se rige exclusivamente por el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su reglamento y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 2.- Noti fi cación DISPONER que la O fi cina General de Recursos Humanos noti fi que la presente resolución a la señora MARTHA DAYANA MELÉNDEZ MUÑOZ, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Publicación DISPONER que la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE ERNESTO VILCHEZ VILCHEZ Secretario General Secretaría General del Despacho Presidencial 2415563-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Gerente General del Instituto Nacional de Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000090-2025- INDECI/JEF San Isidro, 1 de julio del 2025VISTOS: El Informe Técnico N° 000099-2025-INDECI/ URH, de fecha 01 de julio de 2025, de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorándum N° 000666-2025-INDECI/GG de fecha 01 de julio de 2025, de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29664, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo 060-2024-PCM y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el artículo 2 de la citada Ley establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, el artículo 79 de la precitada Ley N° 30057, señala, entre otros aspectos, que la designación de servidores de con fi anza se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la presente Ley, según sea el caso. Dicha designación debe ser publicada en la página web de la entidad; Que, asimismo, el mencionado artículo señala que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa, y donde se precisan las condiciones de empleo, el puesto a ocupar y la contraprestación a percibir, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la citada Ley; Que, el artículo 163 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM, dispone que toda incorporación requiere el cumplimiento del per fi l del puesto aprobado en el Manual de Per fi les de Puestos (MPP) y la correspondiente presupuestación en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el artículo 178 del Reglamento de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, señala los supuestos para realizar una contratación directa estableciendo que en todos estos casos se requiere la veri fi cación por parte de la entidad del cumplimiento del per fi l de puesto en relación con los requisitos de formación y experiencia; Que, el artículo 238 del Reglamento de la Ley N° 30057, establece que, para el caso de los directivos cali fi cados de con fi anza, estos se encuentran exceptuados de lo establecido en los artículos 161, 162 y 163; Que, mediante la Ley N° 31419, se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, comprendiendo dentro del ámbito de aplicación de la citada ley, a las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022- PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, y se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, establece los requisitos mínimos para cargos o puestos de directivos/as públicos/as a nivel nacional entre otros; Que, el artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, establece el Procedimiento de Vinculación con la entidad, de funcionarios/as y directivos/as públicos de libre designación y remoción que se encuentren bajo el alcance de la Ley N° 31419 y su reglamento; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000060-2025-INDECI/JEF INDECI, se aprueba el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa CiviI”, que en su artículo 11 describe las funciones de la Gerencia General;