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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2025 (03/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Acciones Administrativas Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas, para que realice las acciones administrativas que correspondan. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta del Poder Judicial 2415248-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Modifican la Directiva N° 016-2020-CG/DOC “Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 261-2025-CG Lima, 2 de julio de 2025VISTOS: El Memorando N° 000967-2025-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; las Hojas Informativas N° 000045-2025-CG/DOC y N° 000063-2025-CG/DOC, de la Subgerencia de Gestión Documentaria; la Hoja Informativa N° 000045-2025-CG/MODER, de la Subgerencia de Modernización; la Hoja Informativa N° 000427-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, y la Memorando N° 000626-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82° de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de derecho público que goza de autonomía conforme a las disposiciones previstas en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; Que, el artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que cuando se establezcan requisitos de autenticación de documentos el administrado podrá acudir al régimen de fedatarios descrito en el mismo artículo, en el cual se prevé en el numeral 1 que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del TUO de la LPAG, respecto al Régimen de Fedatarios, señala que: “Para efectos de lo dispuesto en el artículo 138 del presente (…) cada entidad podrá elaborar un reglamento interno en el cual se establecerá los requisitos, atribuciones y demás normas relacionadas con el desempeño de las funciones de fedatario”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 381- 2020-CG, se aprueba la Directiva N° 016-2020-CG/DOC, “Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República”, cuya fi nalidad es establecer las disposiciones sobre el Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República con el objeto de cautelar que la función del Fedatario Institucional desempeñada por funcionarios o servidores de esta Entidad Fiscalizadora Superior se encuentre dentro del marco legal vigente, así como mejorar la calidad del servicio que brindan a la institución, a los administrados o usuarios; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal j) del artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG y sus modi fi catorias, la Subgerencia de Gestión Documentaria tiene entre sus funciones, la actualización del Reglamento de Fedatarios, siendo además propietaria del proceso denominado PA02.06 “Autenticación de fi rmas y certi fi cación de documentos”, de conformidad con la actualización del Inventario de procesos de la Contraloría General de la República, aprobada mediante la Resolución de Secretaría General N° 106-2024-CG/SGE; Que, mediante la Hoja Informativa N° 000045-2025- CG/DOC, complementada con la Hoja Informativa N° 000063-2025-CG/DOC, la Subgerencia de Gestión Documentaria, en su condición de propietaria del mencionado proceso, con base en los principios de e fi cacia y simplicidad y, a fi n de dotar de mayor dinamismo al procedimiento de designación del Fedatario Institucional, propone la modi fi cación de la Directiva N° 016-2020-CG/ DOC, “Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República”, según detalle y fundamentos expuestos en los citados documentos; propuesta que cuenta con el conocimiento de la Gerencia de Administración de acuerdo con el Memorando N° 000967-2025-CG/GAD, en su calidad de superior jerárquico, así como con la viabilidad técnica emitida por la Subgerencia de Modernización mediante la Hoja Informativa N° 000045-2025-CG/MODER; cumpliéndose así con señalado en la Directiva N° 003-2024-CG/GJNC “Gestión Normativa en la Contraloría General de la República”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 159-2024-CG; Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000626-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000427-2025-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba la modi fi cación a la Directiva N° 016-2020-CG/DOC, “Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 381-2020-CG; En uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias y el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los numerales 7.5.2, 7.5.3, 7.5.4, 7.6 y 7.11.8 de la Directiva N° 016-2020-CG/DOC “Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 381-2020-CG, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el numeral 7.5.5 de la Directiva N° 016-2020-CG/DOC “Régimen de Fedatarios de la Contraloría General de la República”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 381-2020-CG. Artículo 3.- Los procedimientos de designación de Fedatarios Institucionales en trámite se adecuarán a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4.- Publicar la presente resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República