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44 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / Que, mediante Resolución de Secretaría General N° D000047-2023-INDECI-SEC, de fecha 31 de marzo de 2023, se aprobó el Manual de Per fi les de Puestos MPP del Instituto Nacional de Defensa Civil, actualizado mediante Resolución de O fi cina N° 000067-2024- INDECI-RRHH, de fecha 26 de junio de 2024, el cual contiene los per fi les de puestos de los órganos y unidades orgánicas de la Alta Dirección, Control, Apoyo, Asesoramiento, Línea y Desconcentrado del INDECI, correspondientes al Régimen Laboral de la Ley N° 30057; Que, a través del Informe Técnico N° 000099-2025-INDECI/URH de fecha 01 de julio de 2025, la Unidad de Recursos Humanos concluye que el señor HERBERT JOSE DEL ALAMO CARRILLO, cumple con los requisitos establecidos y no se encontraría impedido/a o inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública y recomienda que, de acuerdo al numeral 28.4 del Artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, y de considerarlo la Alta Dirección, se continúe con el procedimiento para la emisión de la Resolución de DESIGNACIÓN del profesional propuesto para el puesto de con fi anza de Gerente General - DP0101029; Con las visaciones del Ejecutivo de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30057, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1450, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000112-2024-SERVIR-PE, que formalizo el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural N° 000060-2025-INDECI/JEF INDECI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, al señor HERBERT JOSE DEL ALAMO CARRILLO en el puesto de con fi anza de Gerente General del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo al Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Precísese que el vínculo generado en virtud de la presente resolución se regirá exclusivamente por el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modi fi catorias, su Reglamento y las normas que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional (www.gob. pe/indeci), en la misma fecha de publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia General, remita copia al interesado, a la Unidad de Recursos Humanos y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO LOZADA FRIAS Jefe del INDECI 2415150-1 Designan Ejecutivo de la Dirección Desconcentrada INDECI del Callao del Instituto Nacional de Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000091-2025- INDECI/JEF San Isidro, 1 de julio del 2025VISTOS: El Memorándum N° 000667-2025-INDECI/ GG de fecha 01 de julio de 2025 de la Gerencia General, el Informe Técnico N° 000100-2025-INDECI-URH, de fecha 01 de julio de 2025 de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29664, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo 060-2024-PCM y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el artículo 2 de la citada Ley establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, el artículo 79 de la precitada Ley N° 30057, señala, entre otros aspectos, que la designación de servidores de con fi anza se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la presente Ley, según sea el caso. Dicha designación debe ser publicada en la página web de la entidad; Que, asimismo, el mencionado artículo señala que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa, y donde se precisan las condiciones de empleo, el puesto a ocupar y la contraprestación a percibir, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la citada Ley; Que, el artículo 163 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que toda incorporación requiere el cumplimiento del per fi l del puesto aprobado en el Manual de Per fi les de Puestos (MPP) y la correspondiente presupuestación en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el artículo 178 del Reglamento de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, señala los supuestos para realizar una contratación directa estableciendo que en todos estos casos se requiere la veri fi cación por parte de la entidad del cumplimiento del per fi l de puesto en relación con los requisitos de formación y experiencia; Que, el artículo 238 del Reglamento de la Ley N° 30057, establece que, para el caso de los directivos cali fi cados de con fi anza, estos se encuentran exceptuados de lo establecido en los artículos 161, 162 y 163; Que, mediante la Ley N° 31419, se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, comprendiendo dentro del ámbito de aplicación de la citada ley, a las entidades