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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2025 (03/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 3 de julio de 2025 El Peruano / Financiamiento del Pliego 134 Superintendencia Nacional de Salud, por la suma de S/ 72,961,208.00 (Setenta y dos millones novecientos sesenta y un mil doscientos ocho con 00/100 soles), por toda Fuente de Financiamiento; que a la fecha, ha sido modi fi cado y se cuenta con un Presupuesto Institucional Modi fi cado de S/ 73,064,208.00 (Setenta y tres millones sesenta y cuatro mil doscientos ocho con 00/100), por la única Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios; Que, la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2025, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, lo que comprende los recursos que se autoricen mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional mediante una norma con rango de ley y los recursos que se asignen o trans fi eran para el fi nanciamiento de los fi nes de los Fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; asimismo, señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; para dicho fi n, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales de lo establecido en el literal b) del artículo 33 de la Ley Nº 32185; Que, numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público señala que, el Titular de la Entidad es responsable en materia presupuestaria, y de manera solidaria, según sea el caso, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Consejo Directivo u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Para el caso de las Entidades señaladas en los incisos 6 y 7 del párrafo 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Legislativo, y de las empresas de los Gobiernos Regionales y Locales, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva; Que, asimismo, el artículo 53 del referido Decreto Legislativo, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos; Que, mediante artículo 1 del Decreto Supremo N° 120-2025-EF,se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 hasta por la suma de S/ 391 327 861,00 (Trescientos noventa y un millones trescientos veintisiete mil ochocientos sesenta y uno con 00/100 soles), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional, en el marco de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, mediante Anexo “Transferencia de Partidas de diversos pliegos del Gobierno Nacional, a favor de la Reserva de Contingencia - Recursos Ordinarios” del referido Decreto Supremo, establece que corresponde al Pliego 134 Superintendencia Nacional de Salud, transferir la suma de S/ 12,840.00 (Doce mil ochocientos cuarenta con 00/100 soles), a favor de la Reserva de Contingencia; Que, con Memorándum N° 000753-2025-SUSALUD- OGPER, la O fi cina General de Gestión de las Personas, alcanza la proyección actualizada de saldos de libre disponibilidad correspondientes a las Genéricas de Gasto 2.1: Personal y Obligaciones Sociales del Pliego 134 Superintendencia Nacional de Salud, proyectando un saldo de libre disponibilidad por un importe total de S/ 12,840.00, de los cuales S/ 2,240.00 corresponden a la especi fi ca de gasto 2.3.19.13 Boni fi cación por escolaridad, S/ 4,800.00 en la especi fi ca de gasto 2.1.19.3.13 Otros bonos extraordinarios personal activo y S/ 5,800.00 en la especi fi ca de gasto 2.1.19.3.14 Otros bonos extraordinarios personal CAS, información que fue remitida a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante O fi cio N° 000406-2025-SUSALUD-GG; Que, con Informe Técnico N° 0024-2025-SUSALUD- OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto recomienda que en el marco del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 120-2025-EF, Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Reserva de Contingencia, para el caso de la Superintendencia Nacional de Salud, corresponde al Titular de la entidad aprobar mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, según lo establecido en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, teniendo en cuenta los documentos de vistos y la normativa reseñada en los párrafos precedentes, corresponde aprobar la desagregación de recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 120-2025-EF a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Contando con los vistos del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de las Personas, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-SA; el Decreto Supremo N° 120-2025-EF, Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Reserva de Contingencia; y, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la Desagregación de Recursos autorizados mediante el numeral 1.1 del Decreto Supremo N° 120-2025-EF “Decreto Supremo que Autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Reserva de Contingencia”, por la suma de S/ 12,840.00 (Doce mil ochocientos cuarenta con 00/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, según el Anexo “Transferencia de Partidas de diversos pliegos del Gobierno Nacional, a favor de la Reserva de Contingencia - Recursos Ordinarios”. DE LA En Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 134 Superintendencia Nacional de la Salud UNIDAD EJECUTORA : 001 Superintendencia Nacional de Salud CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9001 Acciones Centrales ACTIVIDAD : 5000005 Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 11,000.00 CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9002. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD : 5002303 Solución de Controversias FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 247.00 CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9002. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos