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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2025 (04/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 4 de julio de 2025 El Peruano / por la Dirección de Supervisión y Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº 00030-2025-OSINFOR/04.1.1, emitido por la Unidad de Planeamiento, Modernización y Cooperación; el Proveído Nº 00047-2025-OSINFOR/04.1, emitido por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Legal Nº 00067-2025-OSINFOR/04.2, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), como Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado a nivel nacional de supervisar y fi scalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, y de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, otorgados por el Estado a través de títulos habilitantes regulados por la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1085 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2010-PCM, señala en su artículo 8, el deber que tiene el OSINFOR, en el ámbito de su competencia, de advertir el manejo inadecuado de recursos forestales o de fauna silvestre que cause o pueda causar daño ambiental o afecte especies amenazadas o protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), bajo responsabilidad administrativa; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en su artículo 240, numeral 240.1 que los actos y diligencias de fi scalización se inician siempre de o fi cio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición motivada o por denuncia; Que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR aprobado mediante Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1, establece en su artículo 45 las funciones de la Dirección de Supervisión y Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre (DSFFFS), dentro de las cuales se encuentran: f) Dirigir la atención de denuncias, solicitudes, consultas u otros relacionados a los títulos habilitantes de recursos forestales y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia; asimismo, h) Proponer las normas, directivas, reglamentos u otros instrumentos de gestión, en el ámbito de su competencia, y supervisar su cumplimiento; Que, en ese sentido, la DSFFFS ha propuesto el proyecto de “Directiva para la Atención de Denuncias en Materia Forestal y de Fauna Silvestre presentadas ante el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR)”, que permitirá establecer un procedimiento, claro y e fi ciente para el trámite, evaluación y atención de las denuncias en materia forestal y de fauna silvestre, en el ámbito de competencia del OSINFOR, con la fi nalidad de obtener una intervención efectiva y oportuna; Que, mediante Resolución de Jefatura Nº 00022-2025-OSINFOR/01.1, publicada en el diario o fi cial El Peruano, el 6 de mayo de 2025, se aprobó la publicación del proyecto de Directiva para la Atención de Denuncias en Materia Forestal y de Fauna Silvestre presentadas ante el OSINFOR, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS y disponiéndose el plazo de quince (15) días calendario, a fi n de que los interesados puedan remitir sus comentarios, aportes u opiniones; Que, en atención a la evaluación de los aportes alcanzados, a través del Informe Conjunto Nº 00010-2025-OSINFOR/08.1.1 y el Proveído Nº 00428-2025-OSINFOR/08.1, la DSFFFS remite el proyecto de “Directiva para la Atención de Denuncias en Materia Forestal y de Fauna Silvestre presentadas ante el OSINFOR”, a fi n continuar con el trámite para su aprobación; en tal sentido, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como la O fi cina de Asesoría Jurídica, brindan opinión favorable al documento propuesto; Que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1, señala en el literal d) del artículo 9 que, la Jefatura tiene entre sus funciones el aprobar o proponer, según corresponda, los instrumentos normativos y los documentos de gestión en el ámbito de competencia de la entidad; Con el visado de la Dirección de Supervisión y Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre; la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la O fi cina de Asesoría Jurídica; la Gerencia General, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR; y, la Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Directiva para la Atención de Denuncias en Materia Forestal y de Fauna Silvestre presentadas ante el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR)”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Supervisión y Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con las unidades de organización que correspondan, realizar las acciones necesarias para la difusión, correcta implementación y ejecución de la Directiva aprobada en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como, la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del OSINFOR (https://www.gob.pe/osinfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. WILLIAMS ARELLANO OLANO Jefe 2415590-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman Subcomisiones de Trabajo Interinstitucional de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para el periodo 2025-2026 Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000003-2025 -P-CDI-CSNJPE-PJ Lima, 1 de julio del 2025 ANTECEDENTES: I. Mediante Resolución Administrativa N° 000001- 2025-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 14 de mayo de 2025, entre otros, se reconforma la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte