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48 NORMAS LEGALES Viernes 4 de julio de 2025 El Peruano / carecen de personería jurídica, de corresponder, iii) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos u órganos desconcentrados que por la magnitud de sus operaciones o por su naturaleza requieran de alguna organización interna permanente; Que, al respecto, también cabe precisar que el artículo 54 de la misma normativa legal, establece la estructura del MOP y conforme al artículo 55, la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un informe técnico que justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; el MOP se aprueba por el titular del sector en el caso del poder ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía en el caso de los Gobiernos Regionales o locales; Que, el artículo 14 del Decreto Supremo N° 064-2021- PCM “Decreto Supremo que modi fi ca los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM” establece que los órganos desconcentrados desarrollan funciones sustantivas para prestar bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no cubiertas en el territorio; para lo cual requieren de una organización desconcentrada, distinta a la de la entidad de la cual forman parte, la cual se desarrolla en un Manual de Operaciones; Que, acorde al literal d) del artículo 10, del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2023-GRH/CR; el Gobernador Regional, en su condición de máxima autoridad dentro de la jurisdicción, tiene como una de sus funciones “Dictar decretos y resoluciones regionales”; Que, el artículo 69° del ROF del Gobierno Regional Huánuco, establece que la Dirección Regional de Agricultura, es una unidad orgánica de línea responsable de formular, aprobar, ejecutar, orientar, supervisar y evaluar los planes, programas y proyectos de la región en materia agraria y riego, en concordancia la política nacional agraria; que desarrolla su estructura en un Manual de Operaciones - MOP y su aprobación será mediante Decreto Regional; Que, mediante Informe Legal N° 0201-2024-GR-DRA- HCO/OAJ, de fecha 20 de marzo de 2024, el Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Agricultura, emite opinión favorable sobre la procedencia de la propuesta del Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Agricultura Huánuco y que debe proseguir su trámite, a fi n de ser aprobado; asimismo, refi ere que el Responsable del Área de Organización de la O fi cina de Plani fi cación Agraria de la Dirección Regional de Agricultura, a través del Informe Técnico N° 002-2024-GR-DRA-HCO/OPA/RPLL, de fecha 25 de marzo de 2024, sustenta la propuesta de la estructura orgánica así como la creación, eliminación o fusión de cada una de las Unidades de Organización e informa que el expediente que sustenta la aprobación del MOP contiene todos los documentos conforme se establece en los literal B) del Subcapítulo II del Capítulo III de los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, de fecha 14 de setiembre de 2020; Que, la Sub Gerente de Modernización y Transformación Digital, a través del Informe N° 000184-2024-GRH-GRPPAT/SGMTD, de fecha 09 de abril de 2024, en virtud al Informe Técnico N° 021-2024-GRH-GRPPAT/SGMTD-LAS, de fecha 08 de abril de 2024, elaborado por la Especialista Administrativo de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, emite opinión favorable respecto al Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Agricultura, al haberse elaborado en el marco de las disposiciones y/o lineamientos de la normatividad vigente, en atención a lo solicitado por el Director Regional de Agricultura, mediante Ofi cio N° 0933-2024-GR-DRA-HCO/OPA, de fecha 26 de marzo de 2024; Que, mediante Acta N° 01-2024-GRH/D, Directorio de Gerentes Regionales, de fecha 24 de abril de 2024, se acordó aprobar el Manual de Operaciones – MOP de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional Huánuco; Que, con fecha 25 de abril de 2024, la Gerente General Regional solicita al Gerente Regional de Asesoría Jurídica, la implementación del Acuerdo del Acta de Directorio N° 01-2024-GRH/D y que se apruebe mediante Decreto Regional el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional Huánuco; Que, cabe resaltar que el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional Huánuco; tiene por fi nalidad plani fi car, organizar, dirigir, controlar, fi scalizar y regular las actividades de agricultura, ganadería y recursos forestales y fauna silvestre, conforme las funciones transferidas en materia agraria; formular, evaluar y ejecutar proyectos de inversión e IOARR; promover el desarrollo sostenible y competitivo de las cadenas productivas priorizadas de la región, a fi n de mejorar la calidad de vida de la población rural y agraria del departamento de Huánuco; Que, en ese sentido, siendo el Manual de Operaciones un documento de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Dirección Regional de Agricultura y desarrolla las funciones generales y especí fi cas de sus unidades de organización, así como la identi fi cación de los bienes y servicios que entrega a la población, así como la descripción de los procesos misionales, estratégicos y de apoyo, que le permiten obtener dichos bienes y servicios; deviene en necesario aprobarse el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional Huánuco; Que, en relación con lo vertido en el artículo 40 de la Ley N° 27867, establece que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por el Gobernador Regional, con acuerdo del Directorio de Gerencias Regionales; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal d) artículo 21, artículo 40 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; Decreto Supremo N° 064-2021-PCM “Decreto Supremo que modi fi ca los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM”; Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones - MOP; Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2023-GRH/CR; DECRETA:Artículo 1°.- APROBAR el MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, que consta de 3 Títulos, 60 Artículos y 3 Anexos; el mismo que en adjunto forma parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo 2°.- ENCARGAR, a la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación del presente Decreto Regional y su Anexo en el Portal institucional del Gobierno Regional de Huánuco (www.regionhuanuco.gob.pe). Artículo 3°.- TRANSCRIBIR, el presente Decreto Regional a la Gobernación Regional; Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital; Dirección Regional de Agricultura y demás órganos estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2415857-1