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43 NORMAS LEGALES Viernes 4 de julio de 2025 El Peruano / Aprueban el modelo definitivo de la cédula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2025 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000110-2025-JN/ ONPE Lima, 2 de julio de 2025VISTOS: El Informe N° 000134-2025-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe N° 000784-2025-SGPE-GGE/ONPE de la Subgerencia de Producción Electoral de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe N° 000042-2025-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe N° 000353-2025-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (LOONPE); Mediante el Decreto Supremo N° 128-2024-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de noviembre de 2024, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2025 (EMC 2025), para el 28 de septiembre de 2025, con la fi nalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales en el distrito de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y en el distrito de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca; Con Resolución N° 0423-2024-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el cronograma electoral en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2025, en el que fi jó el día 10 de junio de 2025 como fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante el Jurado Electoral Especial. Por ende, dentro de los dos (2) días calendario después de la fecha indicada, la ONPE debe proceder con la publicación del diseño de la cédula y sus especi fi caciones técnicas; De conformidad con los literales b) y c) del artículo 5 de la LOONPE, es función de la ONPE diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos electorales a su cargo; así como plani fi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente; Asimismo, según los artículos 159 y 165 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), es competencia de la ONPE determinar las características y el diseño de la cédula de sufragio, además de disponer su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; En atención de ello, mediante la Resolución Jefatural N° 000091-2025-JN/ONPE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de junio de 2025, se aprobó el diseño de la cédula de sufragio para las EMC 2025. Ese mismo día, se realizó la presentación del diseño en acto público de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 165 de la LOE; Ahora bien, de acuerdo con el primer párrafo del artículo 167 de la LOE, los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a la que alude el artículo 165 de la referida ley; A su vez, según el artículo 168 de la LOE, resueltas las impugnaciones que se hayan presentado contra el diseño de la cédula, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto impugnación alguna, la ONPE publica y divulga el modelo de fi nitivo y el procedimiento que debe seguirse;El 26 de junio de 2025, mediante O fi cio N° 002095- 2025-SG/JNE, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones comunicó a la ONPE que había veri fi cado que no se presentó impugnación alguna ante la mesa de partes del JNE ni ante sus O fi cinas Desconcentradas ni ante el Jurado Electoral Especial de Cajamarca contra el diseño de la cédula de sufragio aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000091-2025-JN/ONPE; En virtud de las circunstancias descritas, y de conformidad con el literal b) del artículo 70 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE, la Gerencia de Gestión Electoral, mediante el informe de Vistos, propone a la Gerencia General la aprobación del modelo de fi nitivo y especi fi caciones técnicas de la cédula de sufragio correspondiente a las EMC 2025; Evaluada la propuesta, la Gerencia General, mediante el documento de Vistos, eleva a la Jefatura Nacional la propuesta del modelo de fi nitivo y las especi fi caciones técnicas de la cédula de sufragio para las EMC 2025, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; por lo que es necesario emitir la resolución jefatural correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales m) y n) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ ONPE; Con el visado de la Secretaría General y la Gerencia General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión Electoral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el modelo de fi nitivo de la cédula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2025, cuyo formato aparece en el Anexo N° 2 (anverso y reverso), y sus especi fi caciones técnicas están contenidas en el Anexo N° 1, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Poner el contenido de la presente Resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, así como de las organizaciones políticas participantes en las EMC2025. Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el Diario O fi cial El Peruano y en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/ onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe ANEXO Nº 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2025 1. MEDIDAS: 1.1 La cédula de sufragio tiene las siguientes dimensiones: 1.1.1 Será de 15.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, en formato horizontal. 2. ANVERSO: 2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en negro en la esquina superior derecha.