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54 NORMAS LEGALES Jueves 17 de julio de 2025 El Peruano / TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Conceden licencia a magistrados para que participen en el VI Congreso de la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional (CMJC) que se celebrará en el centro de convenciones IFEMA de Madrid, y otras actividades RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 086-2025 -P/TC Lima, 16 de julio de 2025 VISTOS La invitación de fecha 3 de abril de 2025 cursada por el presidente del Tribunal Constitucional de España; la comunicación del director general de Administración del 15 de julio de 2025; la comunicación de la Secretaría General del 15 de julio de 2025; y, CONSIDERANDO Que, mediante la carta de fecha 3 de abril de 2025, presidente del Tribunal Constitucional de España invita a cuatro integrantes del Tribunal Constitucional a participar en el VI Congreso de la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional (CMJC) que se celebrará en el centro de convenciones IFEMA de Madrid del 29 al 31 de octubre de 2025, en el cual se abordará el tema «Los derechos humanos de las generaciones futuras»; asimismo, informan que el 28 de octubre se realizará una reunión temática de grupos regionales y lingüísticos, por lo que se espera que los comisionados lleguen el 27 de octubre. Que, el secretario general informa que en la sesión del Pleno del Tribunal Constitucional del 23 de mayo de 2025, se ha autorizado la participación en comisión de servicios de la magistrada Luz Imelda Pacheco Zerga y los magistrados Francisco Humberto Morales Saravia, César Augusto Ochoa Cardich y Pedro Alfredo Hernández Chávez, en el evento a que se re fi ere el considerando que precede; Que, la participación de los funcionarios públicos en eventos que versan sobre importantes temas constitucionales enriquece la labor jurisdiccional de nuestra institución, en aras de mejorar la calidad del servicio de impartición de justicia a la ciudadanía, por lo cual, se estima que la participación redunda en el mejoramiento de la jurisprudencia constitucional en nuestro país; Que, el director general de Administración informa que el jefe de la O fi cina de Logística ha comunicado el valor estimado de los pasajes aéreos y del seguro de viaje internacional, y que la jefa de la O fi cina de Contabilidad y Tesorería ha determinado el monto de los viáticos que corresponde a cada comisionado; Que, el artículo 5 de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado deberá presentar ante el Pleno, un informe con el detalle de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje en comisión de servicios que se autoriza; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo 047-2002- PCM señala que las resoluciones de autorizaciones de viaje deben publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano” con anterioridad al viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004-P/TC; la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Supremo 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo 1440 y la Directiva de Otorgamiento de Pasajes y Viáticos para Comisiones de Servicios al Interior y Exterior del País, aprobada por Resolución de Dirección General 012-2019-DIGA/TC, SE RESUELVE Artículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de remuneraciones a la magistrada Luz Imelda Pacheco LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES