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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2025 (26/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 145

145 NORMAS LEGALES Sábado 26 de julio de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza que aprueba la Comisión Multisectorial Distrital de San Borja contra la Trata de Personas, Tráfico Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas en el Distrito de San Borja ORDENANZA Nº 733-MSB San Borja, 11 de julio de 2025EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA, EN LA XIV SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; Que, estando en uso de las facultades establecidas en el numeral 8 del artículo 9 en concordancia con el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y conforme a las opiniones vertidas en los Dictámenes N° 043-2025-MSB-CAL, N° 010-2025-MSB-CDHS, N° 007-2025-MSB-CSH y N° 021-2025-MSB-CPV, de la Comisión de Asuntos Legales, Comisión de Desarrollo Humano y Salud, Comisión de Seguridad Humana y la Comisión de Participación Vecinal, respectivamente, que proponen elevar ante el pleno del Concejo, la Ordenanza que aprueba la Comisión Multisectorial Distrital de San Borja contra la Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas en el Distrito de San Borja, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA COMISIÓN MULTISECTORIAL DISTRITAL DE SAN BORJA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS, TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES Y PERSONAS DESAPARECIDAS EN EL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- RECONOCER, el delito de Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas en el Distrito de San Borja como un problema social que merece atención prioritaria, por ser una forma de violación a los derechos humanos, así como los derechos a la libertad, la dignidad personal, la igualdad e integridad física y psicológica. Artículo Segundo.- DECLARAR, de Interés distrital la prevención, detección, atención y seguimiento de los casos de Trata de personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas, en la jurisdicción del Distrito de San Borja. Artículo Tercero.- ESTABLECER como política pública en el ámbito del distrito de San Borja la obligatoriedad del cumplimiento de las acciones de prevención y denuncia de los casos de Trata de Personas, Tráfi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas. Artículo Cuarto.- CONFORMAR la Comisión Multisectorial Distrital de San Borja contra la Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas, que estará integrada por representantes de las instituciones públicas, privadas, OSC y OSB que realizan acciones en el marco de la Ley N°28950, Ley contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migraciones y su respectivo Reglamento. Dicha Comisión Multisectorial Distrital estará integrada por los siguientes: - Presidente: Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Borja o su representante. - Secretaría Técnica: Gerencia de Gestión Social / Subgerencia de Inclusión Social. - Asesoría Técnica: Representante de la Dirección de Derechos Fundamentales del Ministerio del Interior. - Un representante de la Gerencia de Gestión Social.- Un representante de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. - Un representante de la Gerencia de Fiscalización. - Un representante de la Gerencia de Tránsito, Transporte y Educación Vial. - Un representante de la O fi cina General de Participación de Vecinal. - Un representante del Centro de Emergencia Mujer, con competencia territorial. - Un representante del Ministerio Público. - Un representante del Ministerio de Justicia. - Un representante del Poder Judicial.- Un representante de la Policía Nacional del Perú.- Un representante de la Comisarías de San Borja y Comisaria de Chacarilla. - Un representante de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL. - Un representante de la Sub Prefectura del Distrito de San Borja. - Un representante de la Red de Salud. - Un representante de la Defensoría del Pueblo.- Un representante de DEMUNA del Distrito de San Borja. - Un representante del Consejo Consultivo del Niño, Niña y Adolescente – CCONNA San Borja. - Un representante de la Sociedad Civil.- Un representante de la Unidad de Protección Especial - UPE, con competencia territorial. Artículo Quinto.- Es responsabilidad de cada institución y organización integrante de la Comisión Distrital Multisectorial, acreditar a un titular y un alterno en un plazo no mayor de quince (15) días de aprobada la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ESTABLECER que la Comisión Multisectorial Distrital de San Borja contra la Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas, desempeñará las siguientes funciones: 1. Proponer, desarrollar e implementar normas, planes, estrategias, programas, proyectos y actividades contra la Trata de Personas, Trá fi co Ilícito de Migrantes y Personas Desaparecidas a nivel local. 2. Incorporar en los instrumentos de gestión y, en particular en el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC), metas, indicadores y acciones que respondan a los Objetivos Prioritarios y lineamientos de la Política Nacional contra la Trata de Personas. 3. Participar en el PDLC como comisión especialista para aportar información y estadísticas en los temas de TDP, TIM y PD. 4. Elaborar y aprobar un Plan Operativo Multisectorial Anual con su cronograma de ejecución, indicadores y resultados a fi n de implementar acciones orientadas a la lucha contra la Trata de Personas, así como una evaluación semestral de su cumplimiento para generar el informe para su remisión a los órganos correspondientes. 5. Formular el reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Distrital para operativizar sus acciones. 6. Elaborar informe periódico semestral sobre los avances de la implementación del Plan Operativo Anual (POA) en el ámbito de su jurisdicción, entre otros informes que solicite la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes (CMNPTPTIM) y los espacios de coordinación regional y local correspondiente. 7. Articular acciones de las diversas Entidades Públicas, Privadas y Organizaciones Sociales de base comprometidas en la Lucha contra la Trata de Personas, incluyendo la realización de actividades conjuntas. 8. Apoyar la realización de Campañas Educativas, de Sensibilización y Difusión como medida de prevención; al igual que acciones de atención, protección reintegración y fi scalización y persecución de estos delitos.