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134 NORMAS LEGALES Sábado 26 de julio de 2025 El Peruano / Fanny Kenvirlin Muñoz Gálvez, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designada en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, quien presenta su renuncia al cargo por motivos de salud. En la carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley para que la renuncia se haga efectiva a partir del 15 de julio de 2025, y se advierte que la misma cuenta con el visto bueno del jefe inmediato, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de la documentación presentada y efectuada en el informe Nº 010-2025-MP-FN-OREF-EBRV de fecha 18 de julio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, con efi cacia anticipada a partir del 15 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Fanny Kenvirlin Muñoz Gálvez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1638-2025-MP-FN, de fecha 3 de junio de 2025; con e fi cacia anticipada a partir del 15 de julio de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Fanny Kenvirlin Muñoz Gálvez que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2423051-30Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2272-2025-MP-FN Lima, 25 de julio de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 000061-2024-ARIF/JNJ, la Resolución Nº 1133-2024-JNJ y el informe Nº 00034-2025-MP-FN-OREF-JFSC, y; CONSIDERANDO:Mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 5174-2016-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2016 y 29 de enero de 2021, respectivamente, se resolvió designar al abogado Hugo Rogger Fernando Ramos Hurtado, fi scal superior titular civil de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en la Primera Fiscalía Superior de Familia de Arequipa. A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 2689-2013-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 6 de septiembre de 2013 y 29 de enero de 2021, respectivamente, se resolvió designar a la abogada Livina Ruth Alvis Rodríguez, fi scal provincial titular civil y familia de Camaná, Distrito Fiscal de Arequipa, en la Fiscalía Provincial de Familia de Camaná. Con las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 122-2010-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 20 de enero de 2010 y 29 de enero de 2021, respectivamente, se resolvió designar a la abogada Carol Sarina Monroy Falcón, fi scal provincial titular civil y familia de Jacobo de Hunter, Distrito Fiscal de Arequipa, en la Fiscalía Provincial de Familia de Jacobo de Hunter. A través del o fi cio de vistos, cursado por la abogada Carmen Mirta Obando Zavala, jefa del Área de Registro de Información Funcional de la Junta Nacional de Justicia, se remite la Resolución Nº 1133-2024-JNJ, de fecha 8 de agosto de 2024, mediante la cual la Junta Nacional de Justicia dispone cancelar y expedir títulos de nombramiento de los siguientes abogados, conforme se detalla a continuación: FISCA L TÍTULO CANCELADO NUEVO TÍTULO EXPEDIDO HUGO ROGGER FERNANDO RA- MOS HURTADOFISCAL SUPERIOR DE LA FISCALÍA SUPERIOR EN LO CIVIL DEL DISTRITO FISCAL DE AREQUIPAFISCAL SUPERIOR DE FAMILIA DE AREQUIPA DEL DISTRITO FISCAL DE AREQUIPA LIVINA RUTH ALVIS RODRÍGUEZ DE DELGADOFISCAL PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE CAMANÁ DEL DISTRITO FISCAL DE AREQUIPAFISCAL PROVINCIAL DE FAMILIA DE CAMANÁ DEL DISTRITO FISCAL DE AREQUIPA CAROL SARINA MONROY FALCÓNFISCAL PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE JACOBO DE HUNTER DEL DISTRITO FISCAL DE AREQUIPAFISCAL PROVINCIAL DE FAMILIA DE JACOBO DE HUNTER DEL DISTRITO FISCAL DE AREQUIPA Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. A través del numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En virtud de lo expuesto, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, corresponde emitir el acto resolutivo a efectos de adecuar las designaciones de los abogados antes mencionados, conforme a los nuevos títulos de nombramiento expedidos por la Junta Nacional de Justicia a su favor.