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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (01/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Domingo 1 de junio de 2025 El Peruano / De conformidad, con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 91-2021-SERVIR-PE que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM que aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora LESLIE MILAGROS MANRIQUE RIOS, en el cargo de Coordinadora de la Unidad Territorial Ancash del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 1 de junio de 2025. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.VANESSA YSABEL TORIBIO VARGAS Director(a) Ejecutivo(a)Programa Nacional Cuna Más 2404923-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos gobiernos locales DECRETO SUPREMO Nº 108-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el literal b) del numeral 93.1 del artículo 93 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, asigna recursos en el presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta por la suma de S/ 105 000 000,00 (CIENTO CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios para el fi nanciamiento de inversiones en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones vinculados con los fi nes del Fondo Sierra Azul; Que, el numeral 93.2 del artículo 93 de la Ley Nº 32185, dispone que, durante el Año Fiscal 2025, el Fondo Sierra Azul fi nancia y/o co fi nancia inversiones en materia de riego, apoyo al desarrollo productivo, siembra y cosecha de agua y/o riego tecni fi cado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones que se encuentren viables o aprobadas, presentadas por los tres niveles de gobierno y cuya ejecución está a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, gobiernos regionales y gobiernos locales. Dichas inversiones deben contar con expediente técnico o documento equivalente aprobado y registrado en el Banco de Inversiones, estar registradas en la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones del Sector Agrario y Riego y contar con la opinión favorable respecto al expediente técnico o documento equivalente por parte de la unidad orgánica correspondiente en el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; asimismo, agrega que las inversiones a fi nanciar deben contar con la opinión favorable de la ofi cina de programación multianual de inversiones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con relación a lo establecido en el inciso 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, por su parte, el numeral 93.3 del artículo 93 de la Ley Nº 32185, autoriza al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, durante el Año Fiscal 2025, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del numeral 93.1 del citado artículo, a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, previa suscripción del convenio respectivo, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, a propuesta de este último. La propuesta del referido decreto supremo debe ser presentada al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 31 de marzo de 2025; Que, el numeral 93.4 del artículo 93 de la Ley Nº 32185 establece que, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, según corresponda, son responsables de garantizar la sostenibilidad de dichas inversiones hasta su culminación de acuerdo con lo establecido en el convenio respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante el O fi cio Nº 1205-2025-MIDAGRI-SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de diversos gobiernos locales para fi nanciar la ejecución de cuarenta y cinco (45) proyectos de inversión en materia de riego tecni fi cado, infraestructura de riego y apoyo al desarrollo productivo bajo el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en el marco de lo establecido en el artículo 93 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0193-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de dicho Ministerio, con los sustentos correspondientes. Asimismo, mediante los O fi cios Nº 0759-2025-MIDAGRI-SG/OGPP y Nº0899-2025-MIDAGRI-SG/OGPP, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego remite información complementaria, adjuntando los Ofi cios Nº 0192-2025-EF/63.04, Nº 0202-2025-EF/63.04, Nº 0208-2025-EF/63.04 y Nº 0213-2025-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones con la opinión técnica favorable a los mencionados proyectos de inversión; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 104 965 366,00 (CIENTO CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos locales, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 104 965 366,00 (CIENTO CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor de diversos gobiernos locales, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución de cuarenta y cinco (45) proyectos de inversión en materia de riego tecni fi cado, infraestructura de riego y apoyo al desarrollo productivo bajo el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en el marco de lo establecido en el artículo 93 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: