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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (01/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 1 de junio de 2025 El Peruano / Que, el artículo 17 de la Directiva Nº 0001-2024- EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01 y modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 0001-2025-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia fi nanciera; Que, con fecha 26 de mayo de 2025, el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle (en adelante, la Universidad), suscribieron el Convenio Nº 013-2025-MINEDU, denominado “Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle” (en adelante el Convenio), con el objeto que la Universidad colabore con el Ministerio de Educación en la implementación y ejecución del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2025 a nivel nacional, en el marco de la normativa vigente; Que, la Cláusula Sexta del Convenio establece que en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, el MINEDU gestionará la Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 11 074 033,00 (ONCE MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), monto que cubrirá los costos administrativos efectivamente realizados por la Universidad para el cumplimiento del objeto del Convenio, debidamente sustentados según el Formato de Presupuesto que se incluye como Anexos Nº 13, 13A y 13B de los Términos de Referencia del Convenio; precisándose que el monto del fi nanciamiento será transferido en única oportunidad y al 100% durante el presente año fi scal y conforme a las formalidades previstas en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, sobre el retorno de los recursos, como parte del Convenio; Que, adicionalmente, la Cláusula Sexta del Convenio señala que, la Dirección de Formación Docente en Servicio (en adelante, la DIFODS) dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente otorgará la conformidad sobre cada una de las acciones pedagógicas y administrativas que la Universidad se haya comprometido a brindar o brinde según lo establecido en los Términos de Referencia y sus Anexos; Que, asimismo, la Cláusula Sexta del Convenio dispone que, como condición necesaria para la transferencia del monto antes indicado, la Universidad deberá cumplir con entregar al Ministerio de Educación la documentación y/o información que se establece en el numeral 2 de los Términos de Referencia y recibir la conformidad respectiva; Que, mediante el O fi cio Nº 0186-2025-R-UNE, la Universidad remite el Plan Básico y la Propuesta económica; por lo que, mediante los Informes Nº 00500-2025-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFODS y Nº 00530-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, la DIFODS emite la conformidad respecto a la citada documentación; Que, mediante el Informe Nº 00629-2025-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIFODS y el Memorándum Nº 00749- 2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, la DIFODS sus- tenta y solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, por la suma de S/ 11 074 033,00 (ONCE MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), correspondiente al 100% del monto de fi nanciamiento establecido en la Cláusula Sexta del Convenio, en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185; Que, con el Informe Nº 01017-2025-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica considera que es técnicamente factible, gestionar la resolución ministerial que autorice una Trasferencia Financiera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 11 074 033,00 (ONCE MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por cuanto se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, el monto a transferirse corresponde a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio; en tanto que en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, a nivel de la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, existen recursos su fi cientes respecto de la cadena de gasto vinculada a la DIFODS para atender la transferencia fi nanciera solicitada; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 11 074 033,00 (ONCE MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en cumplimiento de lo establecido en el Convenio y en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185; De conformidad con lo previsto en Ley Nº 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Directoral Nº 009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 0001-2025-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 11 074 033,00 (ONCE MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES); por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio Nº 013-2025-MINEDU, y en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Desarrollo Docente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2405054-1 Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, a favor de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2025- MINEDU Lima, 30 de mayo de 2025