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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (11/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de junio de 2025 El Peruano / Tributación; El O fi cio N° 0247-2025-GRP-GGR-GRI/ DRTC-PASCO, remitido por el Director Regional de Transportes y Comunicación; El O fi cio N° 0128-2025-G.R. PASCO-GGR/GSRO-UEPSC, remitido por el Gerente Regional Oxapampa- Unidad Ejecutora Pasco Selva Central; El O fi cio N° 0292-2025-DREP, remitido por el director regional de Educación Pasco. El O fi cio N°089- GRP-GGR-GRDE-DRAP, remitido por el Director Regional de Agricultura; Dictamen N° 004-2025-GRP-CR/CPPAT de fecha 13 de mayo de 2025, emitido por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Organización, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; O fi cio N° 032-2025- GRP/CR; CONSIDERANDO:Que, conforme establece el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y política en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2º de la Ley N° 27867, que señala que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, según el inciso k), artículo 15º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modi fi cado con Ley N° 31433, establece que las atribuciones del Consejo Regional; Fiscalizar la gestión pública del Gobierno Regional; Que, según el artículo 16º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales. a. Proponer normas y acuerdos regionales; Que, el consejo regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) con el artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de participar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en su artículo 18º, inciso a) del Reglamento Interno del Consejo Regional Pasco, aprobado mediante Ordenanza N° 368-2015-GRP/CR, establece que los consejeros y consejeras regionales tienen derechos y obligaciones funcionales, proponer normas y acuerdo regionales; Que, según el artículo 63°, 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece, que los acuerdos regionales expresan decisiones de carácter interno del Consejo Regional o declarar su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante O fi cio N°089-GRP-GGR-GRDE-DRAP de fecha 11 de febrero del 2025, emitido por el Director Regional de Agricultura Ing. Oscar CERVERA BERAUN, remite reducción de marco presupuestal en amparo a la segunda disposición complementaria transitoria Ley 32185 Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2025; asimismo con O fi cio N° 0292-2025- DREP de fecha 14 de febrero del 2025 emitido por el Director Regional de Educación Pasco Lic. Juan Martel MATOS RIMAC, solicita la reducción de presupuesto a través de la nota modi fi catoria de tipo 7; según O fi cio N° 0128-2025-G.R. PASCO-GGR/GSRO-UEPSC de fecha 17 de febrero del 2025 emitido por el Gerente Sub Regional de Oxapampa - Unidad Ejecutora Selva Central Lic. Richard BAZAN PEREYRA, remite el informe sobre reducción de marco presupuestal en atención a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Ley 32185 y con O fi cio N° 0247-2025-GRP-GGR-GRI/ DRTC-PASCO de fecha 27 de febrero del 2025, emitido por el Director Regional de Transportes y Comunicación Ing. Henry Ítalo ROSAS JIMENEZ, solicita reducción de marco presupuestal de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Ley 32185;Que, mediante Informe N° 0697-2025-GRP-GGR- GRPPAT/SGPT de fecha 28 de febrero del 2025, emitido por el Sub Gerente de Presupuesto y Tributación Mg. Edwin Fredy MARTIN ARZAPALO concluye consecuentemente con el análisis realizado conforme a su competencia solicita, elevar al Consejo Regional de Pasco para su evaluación, viabilidad y aprobación de la reducción presupuestal por la suma de S/. 17,767,433.00 en marco a la segunda disposición complementaria transitoria Ley N° 32185, puesto que no es necesario la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, para posterior a ello, seguir con los tramites que corresponda para el Sinceramiento Presupuestal que garantice una adecuada ejecución del Pliego 456 Gobierno Regional de Pasco; Que, con O fi cio N°00842-2025-GRP-GGR/ GRPPAT de fecha 12 de mayo del 2025 emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Mg. Fausto ATENCIO ALIAGA remite la información que mediante la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, que la proyección y estimación del saldo de balance realizada por las Unidades Ejecutoras; Pasco Selva Central, Dirección de Agricultura, Dirección de Transportes y Comunicaciones, Dirección Regional de Educación Pasco, entre los meses de febrero a junio no cuenta con el saldo fi nanciero, eso conlleva que no se puede concluir la ejecución de estos recursos; Que, según el Informe del Asesor Legal del Consejo Regional Abog. Roy MAYUNTUPA ECHEVARRIA - MAECH & ASOCIADOS concluye que el presente pedido se encuentra sustentado en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público Para el Año Fiscal 2025; Que, según la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, menciona de producirse una modi fi cación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondiente a las fuentes de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para modi fi car su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas. Que, en la Décima Sesión Ordinaria y Segunda Sesión Descentralizada del Consejo Regional, desarrollada el 20 de mayo de 2025, la presidenta de la Comisiòn Ordinaria de Planeamiento, Organización, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, consejera regional Carolina Caqui Calixto, sustentó ante el pleno del consejo regional, el Dictamen N° 004-2025-GRP-CR/CPPAT aprobado por mayoría, APROBAR, la reducción presupuestal del Pliego 456 del Gobierno Regional Pasco, por la suma total de S/ 17,767,433 de las fuentes de fi nanciamiento: Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados que corresponde a las diferentes unidades ejecutoras; Luego de un amplio debate, fue aprobado por mayoría de los consejeros presentes. Asimismo, aprobado por mayoría la dispensa de la lectura del acta; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la reducción presupuestal del Pliego 456 del Gobierno Regional de Pasco, por la suma total de S/. 17,767,433 de las fuentes de fi nanciamiento: Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados que corresponde a las siguientes Unidades Ejecutoras: