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74 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de junio de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- Desígnese al servidor David Steewar Delgado Monsalve en el cargo de Analista Auxiliar Coactivo III del SAT (Auxiliar Coactivo), a partir del 4 de junio de 2025, en aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008- JUS. Artículo 2°.- Encárguese a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de la entidad: www.sat.gob.pe, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARIA DEL PILAR CABALLERO ESTELLA Gerente General Servicio de Administración Tributaria 2407735-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 362-MDL, Ordenanza que aprueba la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho -COLOFAR del distrito de Lurigancho y su Reglamento ORDENANZA N° 367-MDL Lurigancho, 28 de mayo de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO. POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO VISTO: El Informe N° 000073-2025-MDL/GDEL-SGPT de la Subgerencia de Promoción Turística, el Informe N° 000037-2025-MDL/GDEL de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe N° 000457-2025-MDL/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000150-2025-MDL/OGPP-OPME de la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado, el Informe N° 000106-2025-MDL/GDEL-SGPT de la Subgerencia de Promoción Turística, el Memorándum N° 00333-2025/GDEL de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe N° 000287-2025-MDL/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 001373-2025-MDL/GM de la Gerencia Municipal, el Dictamen N° D0001-2025-CODETCyDC/MDL-CM de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Turismo, Comercialización y Defensa al Consumidor, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades que establece que la autonomía para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8) del artículo 9 de Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal el aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Por su parte, el artículo 39 indica que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. En este orden de ideas, el artículo 40 de la misma Ley indica que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, con la Ordenanza N° 362-MDL, se aprobó la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho -COLOFAR del distrito de Lurigancho y su Reglamento; Que, con el Informe N° 000037-2025-MDL/GDEL la Gerencia de Desarrollo Económico Local hace suyo y remite el Informe N° 000073-2025-MDL/GDEL-SGPT documento con el cual la Subgerencia de Promoción Turística solicita la modi fi cación de la Primera y la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 362-MDL, Ordenanza que aprobó la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho -COLOFAR del distrito de Lurigancho y su Reglamento; Que, con el Informe N° 000457-2025-MDL/OGPP la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000150-2025-MDL/OGPP-OPME documento con el cual la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado emite opinión favorable sobre la modi fi cación de la Ordenanza N° 362-MDL solicitada por la Subgerencia de Promoción Turística; Que, con el Informe N° 287-2025/OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta de modi fi cación de la Primera y Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 362-MDL, que aprueba la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho -COLOFAR del distrito de Lurigancho y su Reglamento. Asimismo, mani fi esta que el proyecto del texto sustitutorio presentado por la Subgerencia de Promoción Turística y la Gerencia de Desarrollo Económico Local se encuentra según lo requerido, debiendo ser aprobado por el Concejo Municipal en cumplimiento a lo establecido en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley N° 237972, Ley Orgánica de Municipalidades, documento que es remitido por la Gerencia Municipal con el Memorándum N° 001373-2025-MDL/GM; Que, con el Dictamen N° D0001-2025-CODETCyDC/ MDL-CM la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Turismo, Comercialización y Defensa al Consumidor emite dictamen favorable y recomienda al Concejo Municipal aprobar el proyecto de ordenanza que modi fi ca la Primera y Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 362-MDL; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8) del artículo 9 y el primer párrafo del artículo 39 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Lurigancho por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 362-MDL, ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL DISTRITAL DE LURIGANCHO -COLOFAR DEL DISTRITO DE LURIGANCHO Y SU REGLAMENTO Artículo Primero.- MODIFICACIÓN Apruébese la modi fi cación de la Primera y Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 362- MDL, Ordenanza que aprueba la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho -COLOFAR del distrito de Lurigancho y su Reglamento, de conformidad a los siguientes textos: “Primera.- Apruébese, por parte de la Municipalidad Distrital de Lurigancho la incorporación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, los requisitos